La Audiencia rechaza los últimos recursos del caso Niemeyer y deja el camino abierto para el juicio

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado los últimos recursos del caso Niemeyer y deja el camino abierto para que el juzgado de Instrucción Número 2 de Avilés inicie el procedimiento abreviado por supuestas irregularidades en la gestión del complejo. La Audiencia rechaza los recursos de los cinco investigados: Natalio Grueso, ex gerente del complejo cultural; J. P., la que fuera su mujer; J. M. V. R., el empleado de una agencia de viajes; el ex director de producción, Marc Martí, y José Luis Rebollo, ex secretario de la Fundación.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado los últimos recursos del caso Niemeyer y deja el camino abierto para que el juzgado de Instrucción Número 2 de Avilés inicie el procedimiento abreviado por supuestas irregularidades en la gestión del complejo. La Audiencia rechaza los recursos de los cinco investigados: Natalio Grueso, ex gerente del complejo cultural; J. P., la que fuera su mujer; J. M. V. R., el empleado de una agencia de viajes; el ex director de producción, Marc Martí, y José Luis Rebollo, ex secretario de la Fundación.

En el auto de la Audiencia, al que ha tenido acceso Europa Press este martes, se admiten parcialmente algunos de los recursos interpuestos por el abogado de la Fundación Centro Niemeyer. Así determina que el sobreseimiento de la causa contra el que fuera subdirector del Niemeyer, Joan Picanyol, sea provisional y que se incorpore a la misma los contratos firmados por Grueso con la Broklin Academic of Music.

La Audiencia, además de desestimar las peticiones de sobreseimiento por parte de los investigados, rechaza aportar nuevas pruebas, como las declaraciones de miembros del patronato de la Fundación Centro Niemeyer entre 2007 y 2012, así como de responsables de la agencia de viajes al entender que se ha completado la instrucción.

El auto hace referencias al auto dictado por el titular del juzgado de Instrucción Número 2 de Avilés, quien había rechazado el sobreseimiento meses atrás, así como al informe elaborado por un perito de la Agencia Tributaria en que se da cuenta de las supuestas irregularidades.

El juez avilesino acusó a Grueso y el agente de viajes, el primero como autor y el segundo como cooperador necesario o, en su caso, cómplice, de un delito societario y otro de administración desleal. A Rebollo se le considera un cooperador necesario en un delito societario, debido a la presentación de cuentas irreales.

A. Martí y J. P. se les atribuye su participación como cooperadores necesarios o cómplices de un delito de administración desleal.

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