La Delegación del Gobierno impugna por lo contencioso administrativo el izado de la bandera republicana en Cádiz

La Delegación del Gobierno en Andalucía ha presentado ante la jurisdicción contencioso administrativa la impugnación del acto de izado de la bandera republicana en la fachada del Ayuntamiento de Cádiz "por no ser ajustado a derecho", basándose para ello en la Ley 39/1982 de 28 de octubre.

La Delegación del Gobierno en Andalucía ha presentado ante la jurisdicción contencioso administrativa la impugnación del acto de izado de la bandera republicana en la fachada del Ayuntamiento de Cádiz "por no ser ajustado a derecho", basándose para ello en la Ley 39/1982 de 28 de octubre.

Según han indicado a Europa Press desde la Delegación del Gobierno, también se ha pedido la suspensión cautelar del izado, además de solicitar al Ayuntamiento que remitiera el acuerdo, a lo cual no ha respondido.

La impugnación por la vía de los contencioso administrativo está basada en el artículo tercero de la Ley 39/1981 de 28 de octubre, que dice que "la bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado".

Cabe recordar que el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Cádiz, formado por 'Por Cádiz Sí se Puede' y 'Ganar Cádiz en Común', ha izado la bandera republicana en la fachada del Consistorio, donde también ondea la de España, la de Andalucía y la de la ciudad.

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