La Junta pide "amparo" a Núñez ante la "intolerable actitud" y la "descortesía procesal" del PP-A en los ERE

La Junta de Andalucía ha solicitado "amparo" a la juez María Núñez Bolaños a fin de que "corrija y haga cesar" la "intolerable actitud desgraciadamente ya repetida" del PP-A al atribuirle una "estrategia política" y acusarle de "defender" a los imputados en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.

La Junta de Andalucía ha solicitado "amparo" a la juez María Núñez Bolaños a fin de que "corrija y haga cesar" la "intolerable actitud desgraciadamente ya repetida" del PP-A al atribuirle una "estrategia política" y acusarle de "defender" a los imputados en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.

Así se expresan los letrados de la Junta de Andalucía en el escrito elevado al Juzgado por el que impugnan el recurso del PP-A contra la providencia en la que la magistrada dio trámite al recurso de la Junta contra el auto de 27 de noviembre de 2015 en el que confirmó la personación como acusación de los 'populares' en la causa.

En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los abogados de la Junta dicen que "atribuir una estrategia política" a dicha representación procesal "supone, sin perjuicio de una colosal ignorancia acerca del funcionamiento del mecanismo de actuación de la representación procesal de la Junta, una agresión al cometido de los funcionarios públicos que tienen por Ley atribuida la representación procesal de la Administración Pública".

En este sentido, dicen que el recurso del PP-A "yerra clamorosamente cuando niega legitimación a esta representación procesal para recurrir" el auto de 27 de noviembre de 2015, "atribuyéndonos la condición de defensora de los imputados", lo que constituye "una descortesía procesal intolerable", ya que "representamos a una Administración Pública que merece consideración y respeto".

"Después de cinco años de instrucción, estimamos más que acreditada por quienes se hayan acercado al presente procedimiento en cualquier condición el correcto ejercicio de la acusación particular", asevera la Junta.

Al hilo de ello, explica que "la impugnación de la sucesión procesal" instada por el PP-A "tiene por objeto evitar la nulidad de los actos procesales en que intervenga la acusación popular sin estar debidamente constituida su relación jurídico procesal", pues dicha nulidad "operaría en perjuicio de la víctima de los delitos investigados (la Junta de Andalucía) y del legítimo derecho de ésta a verse resarcida".

Antonio sanz y el pp

De igual modo, asevera que "debe desmentirse" la relación de hechos contenida en el recurso del PP-A, ya que "ni era parte el PP-A, ni el poder en el que dice actuar" el actual delegado del Gobierno en Andalucía, Antonio Sanz, "está otorgado por el PP-A (que carece de personalidad jurídica), sino por el Partido Popular".

A ello se suma, según la Junta, que "no cabe concluir que Sanz actuaba como representante del PP-A y no a título particular", ya que "tanto el auto por el que se admite su personación se refiere a Sanz (y no al PP-A) como es cierto que todos y cada uno de los escritos presentados desde 2011 por su representación procesal están encabezados con el nombre de Sanz y no del PP-A".

"No nos negamos al ejercicio de la acción popular por quien desee hacerlo; lo que solicitamos, sencillamente, es que ello se realice a través de los cauces previstos en la Ley procesal", pone de manifiesto la Junta, que considera que la providencia impugnada por el PP-A, "de impecable legalidad, se limita a cumplir con el trámite previsto en la ley procesal".

Los hechos

Los abogados que representan al PP-A criticaron que la Junta de Andalucía recurriera el auto de 27 de noviembre de 2015 en el que la juez María Núñez Bolaños confirmó la personación del PP-A al entender que, con ello, "se ha erigido en defensora de los imputados, ocupando una posición procesal incompatible con la que tiene reconocida, cual es la de acusación particular".

En su auto de 27 de noviembre de 2015, Núñez rechazó la petición de la Junta para que denegara al PP-A "la petición de sucesión procesal instada" alegando que "ni consta solicitud de sucesión procesal instada por el PP ni consta la concurrencia de los supuestos previstos legalmente para su apreciación, extinción de la personalidad jurídica (muerte) o transmisión del objeto litigioso".

Y es que el PP-A solicitó a la juez que tuviera "por presentados y practicadas en nombre" del partido "todos aquellos escritos presentados y diligencias practicadas" en nombre del actual delegado del Gobierno en Andalucía, Antonio Sanz, "al haber comparecido desde la inicial querella como secretario general del PP-A y en representación de éste, no a título personal".

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