Farruquito pide su primer permiso penitenciario

  • Precisamente hoy se cumple un año de la sentencia que le envió a la cárcel.
  • Su condena es de tres años y medio pero puede solicitar 36 días al año de permiso.
El bailaor Farruquito, el día que tuvo que ingresar en prisión.
El bailaor Farruquito, el día que tuvo que ingresar en prisión.
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El bailaor Farruquito, el día que tuvo que ingresar en prisión.

El bailaor Juan Manuel Fernández Montoya, más conocido como 'Farruquito', ha solicitado a la dirección de la prisión Sevilla II, donde ingresó el pasado 16 de enero, su primer permiso penitenciario al que puede optar tras haber cumplido un tercio de la pena.

Farruquito se encuentra cumpliendo una condena de tres años y medio por el atropello mortal del peatón Benjamín Olalla.

Según explicó a Europa Press el abogado del bailaor, Benito Saldaña, la solicitud ya ha sido entregada a la dirección del centro que será la que debe evaluar si le otorga o no a 'Farruquito' el permiso, "en función del comportamiento que haya tenido".

El bailaor se encuentra bajo el segundo grado penitenciario, aplicado a la mayor parte de los presos comunes, por el que tiene derecho a 36 días al año de permiso, 18 días en cada semestre, para salir de la cárcel.

El Correo de Andalucía especifica que, de momento, el letrado no ha solicitado el tercer grado o régimen abierto, por el que sólo tendría que pernoctar en el centro penitenciario.

Hoy precisamente se cumple un año de la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial condenó a 'Farruquito' a tres años de prisión por el atropello de Benjamín Olalla, que tuvo lugar el 30 de septiembre de 2003.

El fallo le impuso la pena de dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad del tráfico, así como a la privación del permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores durante tres años y medio. Como indemnización estableció 102.483,55 euros para la viuda de la víctima, María Angeles Madero, y 8.275,30 para cada uno de los padres del fallecido.

La sentencia también le condenó a un año de prisión por un delito de omisión del deber de socorro, más multa de 12 meses con una cuota diaria de 100 euros. Además, se considera al artista autor por inducción de un delito de simulación de delito, por lo que se le impuso una pena de multa también de 12 meses con la misma cuota.

Con esta condena la Audiencia revocó así en parte la sentencia dictada el 29 de julio de 2005 por el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla por la que se condenó al bailaor a 16 meses de prisión por ambos delitos.

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