Las Mutuas Colaboradoras con la SS.SS reconocen a 2.978 trabajadoras canarias la prestación por riesgo en el embarazo

Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (SS.SS) reconocieron a un total de 2.978 mujeres trabajadoras de Canarias la prestación por riesgo durante el embarazo en el año 2015, lo que supuso un importe de 11,78 millones de euros, que implicó un incremento del 11,71 por ciento respecto a 2014.

Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (SS.SS) reconocieron a un total de 2.978 mujeres trabajadoras de Canarias la prestación por riesgo durante el embarazo en el año 2015, lo que supuso un importe de 11,78 millones de euros, que implicó un incremento del 11,71 por ciento respecto a 2014.

Así, los 11,78 millones de euros que se abonó a las casi 3.000 mujeres canarias a las que se les reconoció la prestación por riesgo en el embarazo, representa el 3,6 por ciento del importe abonado en todo el territorio nacional, según informó la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT) en nota de prensa.

En el conjunto nacional, fueron más de 75.200 mujeres trabajadoras embarazadas las que accedieron a dicha prestación en 2015, lo que supuso el pago de más de 326,9 millones de euros en prestaciones económicas.

Asimismo, en el conjunto nacional también experimentaron un crecimiento los procesos de riesgo durante el embarazo, en concreto, aumentó un 7,68 por ciento, pasando de 69.899 a finales de 2014 a 75.267 procesos en el mismo periodo del ejercicio 2015.

En cuanto a los procesos relativos a la prestación por riesgo durante la lactancia natural se incrementaron en España un 16,95 por ciento entre los ejercicios 2014 y 2015, pasando de 590 procesos en el año 2014 a los 690 a finales del el ejercicio 2015, abonando las mutuas más de 6,10 millones de euros, un 7,82 por ciento más respecto al ejercicio anterior.

En estos casos, las prestaciones tienen como objetivo proteger a la trabajadora embarazada y al feto en caso de embarazo, o al hijo en caso de lactancia natural, cuando no existan en la empresa puestos de trabajo compatibles con su situación de embarazo o lactancia natural.

Así, cuando el cambio de puesto de trabajo no resulta técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, se produce una suspensión del contrato de trabajo, en el que la trabajadora tiene derecho a percibir un subsidio a cargo de su Mutua Colaboradora con la Seguridad Social. La cuantía de estas prestaciones asciende al 100 por 100 de la base reguladora por Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Profesionales.

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