Se publican las ayudas para los agricultores afectados por los topillos

  • El Bocyl establece el procedimiento para la valoración de las pérdidas.
  • Para evaluar los daños se tendrá en cuenta la extensión de la superficie afectada por la plaga.
  • El plazo para la solicitud de ayudas finaliza el 31 de octubre.
La Consejería de Agricultura y Ganadería sacó ayer, a través de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León
(Bocyl) , la Orden AYG/1401/2007, de 28 de agosto, por la que se establece el procedimiento para la
valoración de las pérdidas ocasionadas por los topillos en los cultivos de regadío que obliga a los solicitantes a dejar
una muestra-testigo en las parcelas y fija
una franquicia del 15 por ciento de daños sobre la producción real.

En concreto, esta norma, a la que precede la Orden AYG/1191/2007, de 29 de junio, para los cultivos de invierno o de secano, tendrá en cuenta los daños causados por el topillo campesino en los denominados cultivos de verano y de otoño, con especial atención a los de regadío, como el maíz, la remolacha, la patata y las hortícolas, además de otras producciones como el viñedo o la alfalfa.

Valoración en función de la superficie afectada

La valoración de las pérdidas que puedan corresponder a cada solicitante se hará en función de la superficie que se determine como afectada por la plaga en el control sobre el terreno, de forma independiente para cada parcela y para cada uno de los cultivos y producciones de verano.

Por su parte, los precios unitarios a aplicar en los distintos cultivos se obtendrán como media de los precios de mercado obtenidos en los años 2005, 2006 y 2007, en Castilla y León. En este último año, se tomará la referencia de precios mensuales hasta el mes de septiembre, inclusive. No obstante, en el caso del cultivo de remolacha, se considerará el precio establecido para la campaña de comercialización 2007/2008.

El plazo para la solicitud de las ayudas para cualquiera de los cultivos concluirá el próximo 31 de octubre de 2007 y, para acreditar la condición de titular de la explotación, será necesario presentar la Solicitud Unica de ayudas de la PAC 2007 o, en su caso, la inscripción en el registro vitícola de la Consejería de Agricultura y Ganadería .

En el caso de que llegado el momento de la recolección no se hubiese efectuado la valoración de pérdidas, el titular podrá efectuar la recolección obligándose a dejar muestras-testigo no inferiores al 5 por ciento de la superficie de la parcela afectada por la plaga de topillo campesino. En este sentido, la Orden de la Junta estipula que las muestras deberán ser continuas, representativas del estado del cultivo y repartidas uniformemente en la parcela.

"El incumplimiento de la obligación de dejar muestras-testigo en la cuantía, forma y características indicadas, llevará aparejada la no aceptación de la solicitud de valoración de las pérdidas de producción", precisa la Orden.

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