Tribunales.- Los dos acusados de extraer agua sin permiso en la finca 'El Avispero' niegan los hechos

Los administradores de la finca 'El Avispero', ubicada en Bonares (Huelva) y en la zona de influencia del Espacio Natural de Doñana, acusados de un delito continuado de usurpación-distracción de aguas públicas, ya que ambos, desde 2008 y sin autorización, presuntamente construyeron nueve pozos con brocal a cielo abierto y autobombas sumergibles y extrayeron agua subterránea sin ningún tipo de contador, han negado los hechos ante el Juzgado de lo Penal número 3.

Los administradores de la finca 'El Avispero', ubicada en Bonares (Huelva) y en la zona de influencia del Espacio Natural de Doñana, acusados de un delito continuado de usurpación-distracción de aguas públicas, ya que ambos, desde 2008 y sin autorización, presuntamente construyeron nueve pozos con brocal a cielo abierto y autobombas sumergibles y extrayeron agua subterránea sin ningún tipo de contador, han negado los hechos ante el Juzgado de lo Penal número 3.

Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, la vista oral ha quedado vista para sentencia tras unas dos horas de duración, en las que los acusados han negado esta circunstancia, a preguntas únicamente de sus letrados, tras incidir éstos en que estos hechos "ya estaban juzgados".

Y es que se da la circunstancia que uno de los acusados es uno de los condenados en la conocida como sentencia de 'El Avispero' dictada en 2010 por la Audiencia Provincial de Huelva y ratificada por el Tribunal Supremo, como autor penalmente responsable de un delito contra la ordenación del territorio. Por ello, fue condenado a las penas de un año y seis meses de prisión, a una multa de 12 meses con una cuota de diez euros diarios, por realizar construcciones ilegales en la citada finca, y por un delito de desobediencia grave a la Autoridad a la pena de seis meses de cárcel.

A su vez, este acusado, junto a dos empresarios más por este mismo delito contra la ordenación del territorio, fue condenado a indemnizar a la Junta con el pago de 587.498 euros para la regeneración del territorio transformado, así como a desmantelar a su costa las balsas de riego y demoler o retirar las edificaciones construidas, cuestión que se ha llevado a cabo.

Sin embargo, el fiscal deja claro en su escrito que en dicha sentencia se condenaba a éste, como administrador de la sociedad, por delitos contra la ordenación del territorio pero no por los pozos de riego ni por otra balsa realizada en el año 2005 aprovechando un desnivel natural del terreno, y ha insistido en que, con posterioridad a dicha condena y para obtener el beneficio económico derivado del mantenimiento de la actividad agrícola, estos dos acusados mantuvieron la extracción no autorizada de agua y aprovecharon esta hondonada natural del terreno.

Estos hechos fueron constatados por agentes del Seprona en la inspección de la finca en marzo de 2013, tras la condena, cuando éstos solicitaron la documentación de los pozos, negándose uno de los acusados a entregar dicha documentación.

Por su parte, el agente de la Guardia Civil, encargado de la investigación, ha corroborado esta circunstancia y la construcción de estos nueve pozos.

Por estos hechos, la Fiscalía solicita una multa de 9.150 euros —a razón de 50 euros al día durante seis meses— para cada uno de los dos acusados, los cuales realizaron presuntamente estos pozos con la intención de asegurar el riego de la parte de la citada finca, destinada a usos agrícolas —unas 60 hectáreas de plantación de arándanos—.

A su vez, pide una indemnización conjunta y solidariamente a los dos acusados, como responsabilidad civil, para la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) de 128.410 euros, por el coste del agua nunca abonado, y la obligación de desmantelar los pozos de riego construidos.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento