La nueva normativa vasca sobre fianzas de alquileres entra en vigor este miércoles

La nueva normativa sobre alquileres de viviendas en Euskadi, que regula la cuantía de las fianzas y establece la obligación de depositarlas en un organismo oficial, entrará en vigor este próximo miércoles.

La nueva normativa sobre alquileres de viviendas en Euskadi, que regula la cuantía de las fianzas y establece la obligación de depositarlas en un organismo oficial, entrará en vigor este próximo miércoles.

El decreto, aprobado el pasado 15 de marzo por el Gobierno vaco y que ha sido publicado este martes en el Boletín Oficial de la comunidad autónoma pretende incrementar la protección de los inquilinos, según ha recordado el Ejecutivo en un comunicado.

El texto determina la cuantía de la fianza y establece que ésta deberá depositarse en un servicio específico del Gobierno vasco, denominado Bizilagun.

El decreto regula el 'Registro de Contratos', que se convertirá en una fuente de información para analizar la situación y evolución del mercado de las viviendas de alquiler en Euskadi.

La cuantía de las fianzas ya viene determinada por la Ley de Vivienda, que establece la suma que debe depositar la persona arrendadora en función del tipo de contrato.

Dos sistemas

Además, se han establecido dos sistemas diferenciados para gestionar el depósito: el sistema general y el concertado. Para realizar el depósito debe cumplimentarse un formulario oficial,

presentar una copia del contrato de arrendamiento y el justificante de pago, y abonar el importe del depósito.

Una vez realizado el depósito de la fianza, en el plazo de un mes el arrendador debe comunicárselo a la persona arrendataria, mediante la entrega de una copia de la documentación justificativa correspondiente.

MULTAS

En el caso de que el depósito se realice fuera del plazo, se establecerá el recargo correspondiente. Si no ha existido requerimiento previo expreso, se aplicará un recargo equivalente al dos por ciento del importe de la fianza, y si se requiere de manera expresa, la fianza conllevará un recargo del diez por ciento. Además, puede aplicarse una multa de entre 300 y 3.000 euros.

El decreto establece que en el Registro de Contratos deben inscribirse todos los contratos de arrendamiento de las fincas urbanas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi, si bien, si se ha depositado de manera previa la fianza, la inscripción se realizará de oficio por el Servicio Bizilagun.

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