Tribunales.- Juzgan este martes a dos acusados de extraer agua sin permiso con nueve pozos en El Avispero

El Juzgado de lo Penal número 3 acoge este martes, a partir de las 12,30 horas, el juicio contra dos acusados de un delito continuado de usurpación-distracción de aguas públicas, ya que ambos, desde 2008 y sin autorización, presuntamente construyeron nueve pozos con brocal a cielo abierto y autobombas sumergibles en la finca 'El Avispero', ubicada en Bonares y en la zona de influencia del Espacio Natural de Doñana, y extrayeron agua subterránea sin ningún tipo de contador, y sin que conste el pago de ninguna cantidad por ello, alcanzando un beneficio económico que excede notoriamente de 400 euros.

El Juzgado de lo Penal número 3 acoge este martes, a partir de las 12,30 horas, el juicio contra dos acusados de un delito continuado de usurpación-distracción de aguas públicas, ya que ambos, desde 2008 y sin autorización, presuntamente construyeron nueve pozos con brocal a cielo abierto y autobombas sumergibles en la finca 'El Avispero', ubicada en Bonares y en la zona de influencia del Espacio Natural de Doñana, y extrayeron agua subterránea sin ningún tipo de contador, y sin que conste el pago de ninguna cantidad por ello, alcanzando un beneficio económico que excede notoriamente de 400 euros.

Por estos hechos, la Fiscalía, tal y como reza en el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, solicita una multa de 9.150 euros —a razón de 50 euros al día durante seis meses— para cada uno de los dos acusados, los cuales realizaron presuntamente estos pozos con la intención de asegurar el riego de la parte de la citada finca, destinada a usos agrícolas —unas 60 hectáreas de plantación de arándanos—.

Cabe recordar que uno de estos acusados —el administrador de la entidad hasta 2012— ya fue condenado a penas de cárcel por un delito contra la ordenación del territorio en la citada finca al construir balsas de riego y naves y módulos prefabricados, mientras que el otro es su hijo, actual administrador.

Además, como responsabilidad civil, la Fiscalía pide una indemnización conjunta y solidariamente a los dos acusados para la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) de 128.410 euros, por el coste del agua nunca abonado, y la obligación de desmantelar los pozos de riego construidos.

Del mismo modo, indica que para cuatro captaciones de agua unos de los acusado solicitó en abril de 2008 una autorización de inscripción a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía dando una serie de coordinadas, a lo que añade que, en todas las solicitudes el acusado, faltando a la verdad, manifestó que el agua era "para usos doméstico y pequeñas labores agrícolas".

En el escrito de acusación detalla el fiscal que en la comarca de Doñana se localiza el acuífero 27 'Almonte-Marismas', el cual cuenta con una gran relevancia medioambiental y humana, pues alimenta al Espacio Natural de Doñana, espacio donde el agua subterránea juega un papel esencial tanto para la generación y mantenimiento de medios naturales muy diversos y ecológicamente valiosos, como para la subsistencia y desarrollo de una población, que depende casi enteramente del agua subterránea para su abastecimiento y para el regadío.

Uno de estos acusados y dos empresarios más fueron condenados, y ratificada la condena por el Tribunal Supremo en 2012, como autores penalmente responsables de un delito contra la ordenación del territorio, a las penas de un año y seis meses de prisión para cada uno y a una multa de 12 meses con una cuota de diez euros diarios, por realizar construcciones ilegales en la finca 'El Avispero', por lo que también fueron condenados a indemnizar a la Junta con el pago de 587.498 euros para la regeneración del territorio transformado, así como a desmantelar a su costa las balsas de riego y demoler o retirar las edificaciones construidas, devolviendo a su estado original el suelo afectado.

Al acusado en este caso de los pozos lo condenó además por un delito de desobediencia grave a la Autoridad a la pena de seis meses de prisión, que se suman a la condena de un año y seis meses por el delito contra la ordenación del territorio, y también a un funcionario de la Consejería de Medio Ambiente a la pena de un año de inhabilitación especial para el empleo o cargo público por un delito de omisión del deber de denunciar delitos.

En dicha sentencia se condenaba a éste, como administrador de la sociedad, por delitos contra la ordenación del territorio pero no por los pozos de riego ni por otra balsa realizada en el año 2005 aprovechando un desnivel natural del terreno.

Tras ser condenados

El fiscal asegura que, con posterioridad a dicha condena y para obtener el beneficio económico derivado del mantenimiento de la actividad agrícola, estos dos acusados —actuando siempre en el marco de la entidad reseñada y con pleno conocimiento de la ilegalidad de la actividad agrícola en la finca—, mantuvieron la extracción no autorizada de agua y aprovecharon la hondonada natural del terreno como segunda balsa y con afectación del arroyo cercano del Espartero.

Estos hechos fueron constatados por agentes del Seprona en la inspección de la finca en marzo de 2013, tras la condena, cuando éstos solicitaron la documentación de los pozos, negándose uno de los acusados a entregar dicha documentación.

Del mismo modo, indica el fiscal que, desde 2008 a 2014, los acusados han obstaculizado sistemáticamente las labores inspectoras de las administraciones competentes.

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