Consejo Consultivo ve responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Rincón en una caída por una arqueta

El Consejo Consultivo de Andalucía considera que existe responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga) por la caída que tuvo una menor, que sufrió lesiones, debido a una arqueta, propiedad de una empresa, que estaba en mal estado de conservación.

El Consejo Consultivo de Andalucía considera que existe responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga) por la caída que tuvo una menor, que sufrió lesiones, debido a una arqueta, propiedad de una empresa, que estaba en mal estado de conservación.

La caída tiene lugar en octubre de 2013. En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se precisa que el Ayuntamiento solicitó el dictamen del Consejo Consultivo sobre la reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por el padre de la menor, que cuantifica la indemnización solicitada en 18.834 euros.

El Consistorio realizó una propuesta de desestimación de la reclamación planteada por el particular, la cual fundamenta en la inexistencia de imputabilidad de la Administración local "al no ser la titular de la arqueta que provoca el accidente", sino que la misma es propiedad de una empresa privada.

Pero, el Consejo Consultivo no comparte ese motivo, por lo que emite un dictamen desfavorable a la desestimación de la reclamación, apuntando que, como ya ha declarado en otras ocasiones, el que sea de titularidad privada "no significa que el Ayuntamiento pueda desentenderse de las obligaciones derivadas de las competencias".

Así, se señala que se produce en una vía pública "de modo que el Ayuntamiento está obligado a garantizar las condiciones para el uso normal y seguridad de las vías destinadas al uso público". Además, se añade que el daño objeto de reclamación resulta "económicamente evaluable".

La Administración local no cuestiona la relación de causalidad entre los daños sufridos y el estado de la arqueta "porque es un hecho probado en el expediente administrativo que efectivamente se encontraba en un pésimo estado de conservación, suponiendo un claro peligro para los transeúntes", se apunta en el dictamen.

En este sentido, se indica que consta un informe de la Policía Local que "certifica el mal estado de la arqueta, haciendo constar que el hormigón de ésta está cuarteado y partido, con un agujero en el centro de haberse roto y entre medio dos hierros puntiagudos que son los que han podido ser los causantes de las lesiones".

En cuanto a la indemnización, se indica que no se ha aportado un informe médico de la asistencia médica recibida que permita determinar con certeza las secuelas y periodo de invalidez de la menor, con el fin de poder cuantificar el dinero; por lo que se insta a dar audiencia al reclamante para que aporte dicha documentación y a la vista de la misma "determinar la suma correspondiente".

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