Tribunales.- Condenado a 5 años de prisión por abusar de una menor de 17 años en un barco tras estar de copas

La Audiencia de Málaga ha condenado a cinco años y medio de prisión a un hombre por abusar de una menor de 17 años en un barco atracado en el puerto de la localidad malagueña de Fuengirola, tras haber estado ambos de copas en un bar. Además, se le prohíbe acercarse o comunicarse con la víctima durante ocho años.

La Audiencia de Málaga ha condenado a cinco años y medio de prisión a un hombre por abusar de una menor de 17 años en un barco atracado en el puerto de la localidad malagueña de Fuengirola, tras haber estado ambos de copas en un bar. Además, se le prohíbe acercarse o comunicarse con la víctima durante ocho años.

Los hechos sucedieron en mayo de 2011. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se declara probado que el acusado conversó con la víctima en un bar, donde estuvieron "tomando juntos copas", tras lo que ambos se marcharon al barco que el hombre tenía a su disposición, atracado en el puerto deportivo.

Allí, la chica vomitó, sin que se pueda determinar si fue por la previa ingesta de alcohol o por el movimiento de la embarcación. No obstante, el acusado la acompañó a la parte inferior del barco, donde había un sofá. Entonces, dice la resolución, el hombre comenzó a desnudar a la joven extranjera.

Ella se negó, aunque "en la situación en la que se hallaba, al encontrarse casi sin fuerzas, no consta que realizase oposición física y sí sólo la negativa". El acusado le tapó la boca y abusó de ella. Pasadas unas horas, la mujer consiguió vestirse y marcharse del lugar, yendo a denunciar el hecho y luego al hospital.

El Tribunal considera que se trata de un delito de abuso sexual con acceso carnal, al haberse producido un ataque o atentado a la libertad de la víctima quien "expresa su negativa al acto", pese a las "invitaciones a copas y chupitos" previas. Así lo expuso ella "de forma clara, reiterada y convincente" en el juicio.

Para la Sala, se consigue el acceso carnal no consentido "mediante el abuso de superioridad que le ofrecía la situación, prevaliéndose de su diferencia de edad, de constitución, de lugar, de soledad buscada a propósito, de desamparo por nacionalidad e idioma", además de por la afectación por el alcohol, que fue favorecida por él.

En esta causa, la Fiscalía consideró los hechos no constitutivos de delito, solicitando la absolución del acusado, a lo que se adhirió la defensa. Por contra, la acusación particular, en representación de la chica —que renunció a tener cualquier tipo de indemnización—, solicitó la condena a prisión y el alejamiento.

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