El juez Pedraz archiva por tercera vez la causa contra Zapata por su tuit sobre Irene Villa

El edil de Ahora Madrid Guillermo Zapata, a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar ante el juez Santiago Pedraz como imputado por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo.
El edil de Ahora Madrid Guillermo Zapata, a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar ante el juez Santiago Pedraz como imputado por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo.
Fernando Alvarado
El edil de Ahora Madrid Guillermo Zapata, a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar ante el juez Santiago Pedraz como imputado por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha archivado por tercera vez la causa contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por el tuit que publicó sobre Irene Villa en 2011. Entiende que su intención no era humillar a las víctimas y, por tanto, considera que no cometió delito. Estos son los argumentos principales del auto del magistrado:

- No hay delito. El juez se agarra al artículo 637.2 de la Ley de Enjuiciamiento criminal para tomar su decisión. Recuerda que, a pesar de que las acusaciones —Manos Limpias y la Asociación Dignidad y Justicia— han pedido que se abra juicio contra Zapata, el Ministerio Fiscal pidió el sobreseimiento de la causa. "Los hechos no pueden ser constitutivos de delito alguno", considera.

- Antes y "ahora". La Sala de lo Penal ordenó a Pedraz que siguiera con la causa. Pero, en palabras del juez, esto "solo" significaba que tenía que "transformar las diligencias en procedimiento abreviado", no que tuviera que abrir juicio del tirón. Es decir, su tarea era la de decidir si abría juicio o archivaba. Una decisión que, en todo caso, se puede recurrir. Pedraz dice que "por mucho que la Sala haya 'adelantado" su criterio" le compete a él "ahora", según la ley, tomar esa decisión.

- La frase sobre Irene Villa. Manos Limpias acusa a Zapata de provocar, discriminar, incitar a la violencia y la humillación, tener intención de "inferir sufrimiento", manifestar desprecio a víctimas, etc. en varios tuits. El auto recuerda que, según dijo la Sala, la única frase que podría constituir delito —"no otra"— es la que se refería a Irene Villa. Y no lo constituye.

- "Gran alarma". Dignidad y Justicia asegura que Zapata causó gran alarma en la sociedad con sus tuits. El juez dice que eso "no consta", ya que no hay "diligencia alguna que así lo acredite".

- No hay dolo. Según la Sala, Zapata humilló objetivamente a las víctimas. Según Pedraz, para apreciar delito en eso la ley exige que se tenga en cuenta el elemento subjetivo, es decir, la intención y el contexto. Y él había archivado el caso, precisamente, porque no veía dolo "directo". La Sala le corrigió y dijo que esa decisión le correspondía a ella, por lo que le ordenó seguir. El juez repite de nuevo que ahora es 'su turno'.

- No hay víctima. El juez recuerda que Irene villa dijo no sentirse ofendida ni humillada. Tampoco existe, dice, "reiteración y persistencia" algunas por parte de Zapata.

- El contexto. El tuit sobre Irene Villa no se escribió dentro de un contexto con otros similares, explica el juez. Es en este apartado cuando Pedraz realiza una breve explicación de cómo funciona Twitter. Señala que en su día (2011) el tuit estuvo "soterrado" y que fue "curiosamente rescatado" cuatro años después, lo que provocó una mayor difusión, habida cuenta del cargo que desempeña Zapata. Así, la "alarma social" no la provocó él.

- "Justicia mal entendida". Para el juez Pedraz no se puede "retorcer" el Código Penal ni "hacer justicia a pesar de la ley". Explica que el tuit de Zapata ofendió a algunos y a otros no y que sería arbitrario dar la razón a aquellos que presentan un caso "como de escándalo social" en detrimento de los demás. En Twitter —"un sistema de pluriarquía"—, dice, "cualquier frase puede ser motivo de ofensa", dado lo escueto del formato y la falta de profundidad.

- "No existe un derecho a no ser ofendido". Al menos, dice Pedraz, "y en favor de la libertad de expresión, en las democracias no aparece tal derecho en el catálogo de los derechos fundamentales. Advierte sobre la "autocensura" que puede provocar la culpabilización a priori de una persona que después resulte absuelta. La libertad de expresión, afirma, puede quedar comprometida.

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