Piden 14 años de cárcel para el dueño de un club de A Gudiña por obligar a una mujer a prostituirse

La fiscal ve "sólido" el relato de la denunciante y la defensa señala contradicciones y dice que la mujer pretende legalizar su situación

La fiscal ha ratificado su petición de 14 años de cárcel para NM.C.R., propietario del club de alterne 'Dolce Vita' de A Gudiña (Ourense), basándose en el relato "sólido" y "coherente" de la testigo protegida, T.P., una ex trabajadora de origen paraguayo que afirma haber sido retenida y obligada a prostituirse para pagar la deuda contraída en su país para viajar a España.

Por el contrario, la defensa ha solicitado la libre absolución de su cliente al considerar que no hay más prueba contra él que un relato en el que la testigo "no se pone de acuerdo en lo más elemental" y en el que ofrece numerosas "contradicciones", y tras insistir en que con la denuncia la mujer persigue legalizar su situación en España.

Este miércoles ha quedado visto para sentencia el juicio por prostitución, inmigración ilegal y amenazas contra el propietario del club 'Dolce Vita', NM.C.R., y su compañera sentimental durante los hechos, R.U.V., que, al igual que en la primera jornada, tampoco ha acudido a la Audiencia de Ourense.

La fiscal ha ratificado su petición para el propietario del establecimiento basándose en que el relato y el fin de la situación relatada por la denunciante "tiene visos de credibilidad" y conforman un relato con "coherencia" para que sea "verosímil".

Según señala el Ministerio público, la denunciante fue captada en Paraguay "para ejercer en un club de alterne o en el servicio doméstico", y ella "entendía" que la primera de las labores consistía en "tomar copas y acompañar a los clientes, no en la prostitución".

COACCIONES

En sus conclusiones finales, la fiscal ha señalado las declaraciones de T.P. en las que explicó que "se negó" a ejercer la prostitución hasta que fue "coaccionada" para hacer frente al pago de la deuda generada con el hombre que le facilitó en Paraguay los billetes de avión y dinero para establecerse en España. Todo ello, ante la posibilidad de que ésta persona se hiciera con una propiedad de su madre, cuyos papeles tuvo que dejarle en garantía del pago.

Para la fiscal, la declaración de la denunciante demuestra que NM.C.R. es responsable de un delito de prostitución "porque T.P. no ejercita la prostitución voluntariamente, sino por medio de engaño e intimidación".

También lo ha considerado responsable de un delito de inmigración ilegal, al señalar que el desplazamiento del propietario del club de A Gudiña hasta Murcia, primer destino de T.P. en España, para trasladarla hasta el 'Dolce Vita' refleja que "existía un contacto" entre la persona que facilitó la entrada en España de la denunciante y el denunciado.

Respecto al delito de detención ilegal la fiscal ha señalado que "para coaccionar" a la denunciante "se la privó de libertad varios días y estuvo vigilada cada vez que abandonaba las instalaciones" del 'Dolce Vita'.

Libre absolución

La defensa ha reclamado la libre absolución de su cliente basándose en que "no existe prueba ni indicio alguno" que confirme su responsabilidad en los tres delitos juzgados "salvo" la declaración de la testigo protegida, que ha señalado como "llena de contradicciones" y motivada por su interés en evitar su extradición a Paraguay.

El abogado de la defensa ha destacado que la denuncia no se produjo una vez que T.P. abandonó las instalaciones del 'Dolce Vita', sino dos años después, cuando fue identificada durante una operación en el 'Club Witiza" de O Porriño (Pontevedra) y después de haber sido informada sobre la posibilidad de acogerse a los artículos de la Ley de Extranjería en los que se ofrece la posibilidad de un permiso de residencia y de trabajo para las víctimas de trata de personas.

"La denuncia no se produjo contra el propietario del club de Murcia ni el del Witiza, sino contra el más sencillo de sus jefes", ha señalado el abogado de la defensa, que también ha recordado que éste es el cuarto procedimiento al que tiene que hacer frente su cliente y que "todos procedían de mujeres procedentes de Paraguay" y enviadas a España por la misma persona.

"falta de verosimilitud"

Pero además, la defensa ha basado su petición de absolución en lo que ha calificado como falta de "verosimilitud" y las "contradicciones" ofrecidas por la denunciante a lo largo de sus declaraciones.

Entre ellas, ha señalado varias durante la declaración de T.P., realizada este miércoles por videoconferencia, como que tras su detención dijo a la Policía que había "venido voluntariamente a ejercer la prostitución" y que había sido informada sobre qué iba a hacer al llegar a España, mientras que minutos antes había afirmado a la fiscal que "no sabía cómo era el mundo de los clubes".

En su declaración la denunciante tampoco supo concretar el momento en el que supuestamente NM.C.R. le quitó su pasaporte y ofreció tres versiones distintas, e insistió en que solamente había podido salir del club en dos ocasiones para enviar dinero a Paraguay, mientras que la defensa certificó nueve envíos desde las oficinas de Western Union, en A Gudiña.

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