Oltra señala que las familias de acogida tardan una media de tres meses en cobrar las ayudas

Las familias de acogida en la Comunitat Valenciana tardan una media de tres meses en cobrar las ayudas desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, según figura en una respuesta parlamentaria de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mònica Oltra, recogida por Europa Press.

Las familias de acogida en la Comunitat Valenciana tardan una media de tres meses en cobrar las ayudas desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, según figura en una respuesta parlamentaria de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mònica Oltra, recogida por Europa Press.

Así, responde a la diputada socialista Concha Andrés sobre número de menores que se encuentran en esta situación de acogimiento familiar y el período de media que transcurre entre el inicio de esta situación y el cobro, por parte de la familia, de la ayuda.

Al respecto, señala que en la provincia de Valencia, a fecha 1 de junio de 2015, hay 1.235 menores en situación de acogida familiar en familia extensa y 339 en acogida familiar en familia educadora; 207 y 37 respectivamente en Castellón, mientras que en Alicante hay 573 y 196.

Oltra ha explicado que las compensaciones económicas que se prestan "no están consideradas como un derecho inherente a la acogida" sino que son "unas ayudas que reúnen las características propias de una subvención, tal y como viene recogido en la Ley general de subvenciones".

De este modo, al ser una subvención hay que hacer convocatoria anual para poder establecer las bases y criterios que conforman las especificaciones para poder acceder a la ayuda.

En ese sentido, ha explicado que para poder acortar el plazo de cobro de estas ayudas se ha acortado el plazo de presentación de solicitudes para resolverlas con celeridad. Asimismo, ha destacado que se realizará el pago de las ayudas a las familias educadoras de una sola vez, por anticipado y por la totalidad del importe de la subvención, para avanzar la financiación de los gastos ocasionados por la acogida.

PLAZOS

De esta manera, ha resaltado que las solicitudes presentadas al amparo de la Orden 26/2014, de 16 de diciembre, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convocan prestaciones económicas individualizadas por acogida familiar de menores, simple o permanente para el año 2015 (para todo 2015 por acogida familiar simple o permanente en familia extensa o en familia educadora y para el primer semestre de 2015 por acogida familiar de urgencia-diagnóstico) están "resueltas y pagadas en los meses de abril y julio".

Por otro lado, ha señaladola Orden 5/2015, de 9 de marzo, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convocan prestaciones económicas individualizadas por acogida familiar de urgencia-diagnóstico para el segundo semestre de 2015 o que no hubieran sido objeto de subvención mediante la Orden 26/2014, prevé dos plazos de presentación de solicitudes: hasta el 15 de junio 2015, y si no se agota el crédito se admitirán y tramitarán, sin necesidad de nueva convocatoria, las solicitudes presentadas entre el 16 de junio y el 31 de octubre de 2015.

En concreto, las solicitudes presentadas hasta el 15 de junio de 2015 se encuentran resueltas y se han pagado en el mes de julio.

Finalmente, ha informado de que la orden de 18 de junio, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convocan prestaciones económicas individualizadas por acogida familiar de menores, en familia extensa y en familia educadora por segunda vez en el ejercicio 2015, que no hubieran sido objeto de subvención mediante la Orden 26/2014 o que la cuantía de subvención concedida haya sido por menos días de 2015 de los que vaya a tener lugar la acogida, establece un plazo de presentación de solicitudes hasta el 2 de diciembre de 2015. Así, está pendiente de resolver la primera acta, que comprende las solicitudes presentadas hasta el 25 de agosto de 2015.

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