Absueltos 'los ocho de Airbus' por los altercados de la huelga general de 2010

  • La Fiscalía, que retiró hace unos días los cargos para dos de ellos, pedía para todos penas de ocho años y tres meses de prisión.
  • Se les acusaba de la presunta comisión de los delitos de atentado, lesiones y contra el derecho de los trabajadores.
  • Han sido absueltos, según la sentencia, por falta de pruebas.
Varios diputados de Podemos posan junto a algunos de los trabajadores de Airbus en el Congreso de los Diputados.
Varios diputados de Podemos posan junto a algunos de los trabajadores de Airbus en el Congreso de los Diputados.
EFE
Varios diputados de Podemos posan junto a algunos de los trabajadores de Airbus en el Congreso de los Diputados.

Los sindicalistas conocidos como 'los ocho de Airbus' han sido absueltos finalmente en el proceso relacionado con los altercados producidos durante la huelga general de 2010 por falta de pruebas.

La Fiscalía, que retiró hace unos días los cargos para dos de ellos, pedía para todos penas de ocho años y tres meses de prisión por los delitos de atentado, lesiones y contra el derecho de los trabajadores.

Según consta en la sentencia, hecha pública este miércoles, el magistrado titular del juzgado de lo penal número 1 de Getafe, Ábel Téllez, ha aplicado el principio de presunción de inocencia a los sindicalistas.

El magistrado de la Sala de lo Penal número 1 de Getafe, Abel Téllez, considera que "quedaron acreditados los hechos que motivaron el proceso", dado que "algunos trabajadores concentrados en la puerta comenzaron a entorpecer el acceso a la factoría dirigiendo insultos a los trabajadores que no querían secundar la huelga, interceptando vehículos y tirando petardos bajo los coches".

Sin embargo, no considera que estos sean suficientes para condenar a los acusados puesto que no queda suficientemente probada la participación de los acusados, porque ni los policías ni los testigos los reconocieron como autores de los hechos durante el juicio.

Además, el juez también destaca que "en otras pruebas practicadas a algunos de los acusados incluso se les atribuyen actividades mediadoras de apaciguamiento tanto en el momento de los hechos como una vez producidas las detonaciones" que realizó uno de los policías con arma real y por las que se le abrió un expediente disciplinario.

Respecto de la posibilidad de una coautoría por "tener un dominio funcional del hecho" que estableció la fiscal, el juez indica que "es de sobra conocido que tal forma de atribuir la coautoría requiere, además del reparto de roles, de un acuerdo previo hoy huérfano de todo soporte probatorio". "Aquí, repetimos, no queda probada ni la existencia de 'pactum sceleris' ni la realización de hechos conforme a los roles asignados", concluye la sentencia.

"Queda por resolver lo colectivo"

Uno de los acusados en el juicio, Enrique Gil, ha manifestado a Efe que, con la absolución dictaminada por el juez Abel Téllez, cierran "un capítulo importante en lo personal", pero queda por resolver "lo colectivo".

Se refiere Gil a los cerca de 300 sindicalistas que se encuentran en procesos similares al suyo en toda España y a su intención de derogar el artículo 315.3 del Código Penal. Gil, que se ha mostrado exultante y apenas podía contener la emoción, ha valorado la sentencia como "un paso adelante de dimensiones históricas".

El sindicalista de la planta aeronáutica de Getafe ha agradecido la labor de los abogados de la defensa durante el proceso que ha valorado como "impresionante". "Si el juez ha visto así el asunto es porque estaba más claro que el agua", ha declarado, si bien ha reconocido que "con la valoración que hizo la Fiscalía" en la última jornada de juicio no podía estar seguro de que fuera a producirse la absolución.

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