IU ve "insuficiente" la condena al ultra que amenazó a exedil y lamenta "doble vara de medir" de la justicia

IU ha considerado este miércoles "insuficiente" la condena a una multa de 120 euros al joven relacionado con grupos de ideología nazi y miembro de los 'ultras' en un club deportivo que fue arrestado en 2012 por amenazar a la edil de IU Maite Molina a través de la red social Twitter y ha lamentado la "doble vara de medir de la justicia".

IU ha considerado este miércoles "insuficiente" la condena a una multa de 120 euros al joven relacionado con grupos de ideología nazi y miembro de los 'ultras' en un club deportivo que fue arrestado en 2012 por amenazar a la edil de IU Maite Molina a través de la red social Twitter y ha lamentado la "doble vara de medir de la justicia".

En un comunicado, Molina ha considerado que "lo único positivo de esta sentencia es que es condenatoria". "Sin embargo, nos parece que la justicia no ha tomado muy en serio lo que hay detrás de este tipo de individuos: una ideología nazi, que atenta contra los valores de democracia, igualdad y no discriminación", ha incidido.

Desde IU mantienen que el Estado de Derecho "parece tener una doble vara de medir, y mientras envían a la cárcel a titiriteros con acusaciones más que cuestionables, casos como las amenazas de un neonazi solo son consideradas como falta".

El coordinador provincial de IU, Manuel Morales, a tenor de los últimos episodios sobre causas abiertas en este país, tales como el enjuiciamiento a los ocho huelguistas de Airbus, a los componentes de Títeres desde Abajo o los numerosos casos de corrupción que están siendo investigados, mantiene que "asistimos a una peligrosa parcialidad de la Justicia a la hora de considerar y valorar delitos", y ha matizado que "por supuesto que los hechos son interpretables, pero resulta sorprendente que tales interpretaciones disten tanto dependiendo de quienes sean los acusados y/o las víctimas".

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Juzgado de Instrucción 8 de Granada considera probado que el 27 de junio de 2012 el joven, de iniciales J.L.D.R., intervino en una conversación que Molina mantenía por esta red social con su compañero de grupo municipal, Francisco Puentedura, para decirle: "Puedes irte a morirte también, o si no te irças a la fosa dentro de un tiempo estarás pudriéndote entre cal viva".

Tras la denuncia de Molina, las gestiones policiales llevaron a la identificación del inculpado, en Arroes, Villaviciosa, en Asturias. Para el juez, el joven obró "con manifiesto ánimo de quebrantar y perturbar el sentimiento de sosiego y tranquilidad" de su interlocutora.

En el fallo, el titular de Instrucción 8 rechaza el argumento esgrimido por el joven, que negó intencionalidad y que profiriera tales expresiones como amenazas, ya que el miedo ante la posibilidad de que algún tipo de mal le fuera causado fue "real" para la denunciante.

Por ello, le condena por una falta de amenazas a la multa de 120 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas en caso de insolvencia y el abono de las costas procesales, en una resolución contra la que cabe la interposición de recurso.

Se trata de una multa inferior a la que solicitaba Molina, como acusación particular, que reclamaba que el ultra fuese condenado por delito leve de amenazas al pago de una multa de 200 euros, si se aplica el Código Penal vigente en el momento de los hechos, o por una falta de amenazas a multa de 900 euros, si se tiene en cuenta en nuevo Código Penal.

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