El Gobierno debe pedir autorización a la Junta General para endeudarse, según la Sindicatura

La Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias señala que en una situación de prórroga presupuestaria las operaciones de endeudamiento no pueden ser aprobadas por el Gobierno sin pasar por una aprobación de una ley por parte del parlamento asturiano. Según señala el órgano fiscalizador, el Ejecutivo asturiano no realizó ese trámite en el marco de la prórroga presupuestaria de 2014, algo a lo que está obligado por el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario de Asturias (Trreppa).
Avelino Viejo
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EUROPA PRESS
Avelino Viejo

La Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias señala que en una situación de prórroga presupuestaria las operaciones de endeudamiento no pueden ser aprobadas por el Gobierno sin pasar por una aprobación de una ley por parte del parlamento asturiano. Según señala el órgano fiscalizador, el Ejecutivo asturiano no realizó ese trámite en el marco de la prórroga presupuestaria de 2014, algo a lo que está obligado por el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario de Asturias (Trreppa).

"Las operaciones de endeudamiento a largo plazo en virtud de las cuales se percibieron los ingresos del capítulo 9 del presupuesto de ingresos prorrogado fueron formalizados sin que previamente la Junta General del Principado de Asturias fijase mediante una ley su destino y sus características, tal y como exige el artículo 51 del Trreppa", señála la Sindicatura en el informe sobre la cuenta general de 2014.

El Gobierno asturiano también ha decidido repetir la autorización de deuda este año, 2016, en el que el Principado también ha entrado en prórroga presupuestaria y el Gobierno entiende que la autorización al endeudamiento ha de ser la misma que la del año anterior.

El pronunciamiento de la Sindicatura llega en un momento en el que el Gobierno asturiano y Foro Asturias están enfrentados por esta cuestión que fue discutida precisamente este jueves en el pleno. Mientras que Foro acusa al PSOE de privar al parlamento de una de sus competencias, como es la de aprobar una ley para poder endeudarse en situación de prórroga, el Gobierno de signo socialista entiende que no es necesario y que la autorización a deuda ha de ser la misma que el año anterior.

El artículo 51 del Trreppa dicta que "la emisión de deuda pública y las operaciones de préstamo por plazo superior a un año serán autorizadas necesariamente por ley, que establecerá el límite anual de cada clase de operaciones y fijará su destino y características".

Fue precisamente Foro Asturias el que decidió precisamente en 2014 acudir a los tribunales por este asunto y el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (JGPA) estimó en parte su recurso dejando sin efecto el decreto de prórroga en su artículo 4, el referido a la prórroga del endeudamiento, por no ser ajustado a derecho.

No obstante, el Gobierno asturiano decidió tras esa sentencia interponer un recurso de casación en el Tribunal Supremo el 23 de enero de 2015. La Sindicatura de Cuentas se encarga en su informe de revelar que el Gobierno asturiano no le ha proporcionado el texto íntegro del recurso interpuesto.

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