El procesado por abusar de una mujer con discapacidad psíquica acepta 6 años de prisión

El procesado por abusar sexualmente de una mujer con discapacidad psíquica en el concejo de Mieres ha reconocido este miércoles los hechos de los que le acusaba el Ministerio Fiscal y ha aceptado una pena de 6 años de prisión, 7 de alejamiento y 5 más de libertad vigilada.

El procesado por abusar sexualmente de una mujer con discapacidad psíquica en el concejo de Mieres ha reconocido este miércoles los hechos de los que le acusaba el Ministerio Fiscal y ha aceptado una pena de 6 años de prisión, 7 de alejamiento y 5 más de libertad vigilada.

La vista oral estaba señalada hoy en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Oviedo, aunque el reconocimiento de los hechos por parte del procesado y el acuerdo alcanzado entre las partes (defensa, Ministerio Fiscal y acusación particular) evitó su desarrollo.

Sobre las 19.00 horas del 1 de mayo de 2014, el procesado coincidió con la víctima en un bar del concejo de Mieres, o en sus inmediaciones, y decidió aprovecharse de su discapacidad para mantener relaciones sexuales con ella.

Así, la llevó a un edificio abandonado y allí abusó de ella. La mujer no tiene capacidad para comprender el significado de lo sucedido ni sus repercusiones, ni para oponerse a ello. El procesado se dio a la fuga en el momento en que aparecieron unos familiares de la víctima, que la estaban buscando.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de abuso sexual por los que el procesado aceptó una pena de 6 años de prisión; prohibición de aproximarse y de comunicar con la víctima durante 7 años, que le impedirán acercarse a menos de 500 metros de ella, de su domicilio, de su lugar de trabajo y de cualquier otro que frecuente, así como establecer contacto escrito, verbal o visual con ella por cualquier medio; la medida de seguridad de libertad vigilada durante 5 años, consistente en la obligación de presentarse cada dos meses ante el tribunal en horas de audiencia (medida a ejecutar después de la pena privativa de libertad); pago de las costas procesales; y abono de una indemnización a la víctima de 20.000 euros.

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