Los nacidos en el Hospital Valle del Nalón podrán inscribirse en el registro civil en el propio centro

El Hospital del Valle del Nalón ofrecerá desde este jueves la posibilidad de inscribir a los recién nacidos en el registro civil desde el propio centro sanitario. Con este hospital del área VIII, la Consejería de Sanidad culmina la implantación de este servicio telemático que evita el desplazamiento de los padres hasta la sede del registro y facilita los trámites que hay que llevar a cabo en las primeras horas de vida de los bebés.

El Hospital del Valle del Nalón ofrecerá desde este jueves la posibilidad de inscribir a los recién nacidos en el registro civil desde el propio centro sanitario. Con este hospital del área VIII, la Consejería de Sanidad culmina la implantación de este servicio telemático que evita el desplazamiento de los padres hasta la sede del registro y facilita los trámites que hay que llevar a cabo en las primeras horas de vida de los bebés.

Durante este mes de enero, la sanidad asturiana ha incorporado este servicio a los hospitales de San Agustín (Avilés), Oriente de Asturias (Arriondas), Carmen y Severo Ochoa (Cangas del Narcea), Jarrio, Vital Álvarez Buylla (Mieres) y mañana lo hará al Valle del Nalón (Riaño, Langreo).

Desde la puesta en marcha del servicio, en octubre de 2015, son ya 482 las familias que han utilizado este procedimiento para inscribir en el registro civil a sus hijos recién nacidos, la mayor parte de ellos, 366, en el HUCA, al tratarse del primer centro en el que se comenzó a ofrecer esta prestación. También se han registrado ya nacimientos, siguiendo el orden de incorporación del servicio, en Cabueñes (74), San Agustín (25), del Oriente (8), Carmen y Severo Ochoa (4), Jarrio (4) y Vital Álvarez Buylla (1).

Para formalizar la inscripción es necesario aportar el certificado médico de nacimiento que proporciona el propio hospital, el DNI o pasaporte de ambos progenitores y del solicitante si es otra persona, así como el libro de familia o el certificado de matrimonio, en el caso de que exista, y cuando falte la firma del padre o la madre.

Una vez realizado este trámite, que se debe llevar a cabo en las 72 horas posteriores al nacimiento, la familia recibirá la documentación original aportada y el justificante de haber realizado la comunicación al registro civil. Posteriormente, se le hará llegar el certificado literal de nacimiento, por correo ordinario o en formato electrónico. La solicitud que se comunica desde el hospital tiene total validez, de modo que las familias ya no tendrán que desplazarse hasta el registro civil.

Por lo general, los servicios están ubicados en el área administrativa de los hospitales y permanecen abiertos de lunes a viernes, desde las 9:00 hasta las 14:00 horas.

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