Permiten adoptar a dos niños marroquíes pese a que la ley de su país lo prohíbe

  • Marruecos obliga a que los pequeños  mantengan sus nombres y apellidos originales y que profesen la religión islámica.
  • La Audiencia alega que los pequeños son de "padres desconocidos".
  • Asegura que no sienta precedente para futuras adopciones.

La Audiencia Provincial de Málaga ha autorizado, por primera vez, la adopción de dos niños marroquíes por parte de una familia española, pese a que la legislación magrebí lo prohíbe, según informa el diario "Málaga hoy". El Gobierno de Marruecos sólo acepta la figura conocida como

"kafala"
o tutela dativa, un acogimiento de por vida que obliga a que los niños
mantengan su nombre y apellido y, sobre todo, la religión musulmana, señala el periódico.

Se trata de un caso "muy concreto y que en absoluto sirve como precedente", aseguran al rotativo malagueño fuentes cercanas al Juzgado Número 5 de Familia de Málaga, que dictó la primera sentencia a favor de la adopción de los niños marroquíes, de apenas dos años de edad.

La decisión judicial fue recurrida por la Junta de Andalucía y ahora ratificada por la Audiencia Provincial.

Pese a las cautelas del juzgado, la Fiscalía de Menores de Málaga interpreta la sentencia de la Audiencia Provincial como suficiente para "habilitar la posibilidad de constitución judicial de la adopción por aplicación del derecho interno español" y señala que habrá, incluso, que advertir al "Ministerio de Asuntos Exteriores".

El matrimonio español que ha conseguido adoptar a los dos niños marroquíes que ya tenía en acogida ha podido acogerse a un vacío legal, que se cerrará tras la aprobación de la Ley de Adopciones Internacionales que se tramita en el Congreso y que restringirá estas posibilidades, según indica el diario de Málaga.

No es lógico que tuvieran otros apellidos que el resto de sus hermanos
El matrimonio, de la localidad malagueña de
Alhaurín de la Torre, también tiene adoptadas dos niñas procedentes de Rusia y otra de China.

La existencia de más hermanos en la misma situación fue lo que les llevó a insistir para conseguir la adopción de sus otros dos pequeños, al considerar que "no es lógico que tuvieran otros apellidos que el resto de sus hermanos".

La Junta de Andalucía recurrió la sentencia que les otorgaba la adopción de los dos niños que ahora tienen algo más de dos años y les retiró el certificado de idoneidad, que sí concedió para el resto de sus hijos adoptados.

La institución arguyó que los pequeños deberían "seguir manteniendo el contacto con sus padres con vistas a una posible reintegración familiar".

Pero el auto de la Audiencia recurre a las actas de nacimiento de los pequeños, que manifiestan que son de "padres desconocidos" y que el Tribunal de Primera Instancia de Tánger los declaró como "niños abandonados" desde su nacimiento.

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