El Tribunal de Cuentas recomienda a los partidos que se replanteen el envío papeletas y propaganda electoral

Detecta un exceso en el cálculo de la estimación de intereses financieros en el PSOE por importe de 2.046,21 euros

El Tribunal de Cuentas ha recomendado a los partidos políticos de la Región de Murcia que se planteen la conveniencia de seguir manteniendo la subvención específica para financiar los envíos directos y personales a los electores de sobres y papeletas o de propaganda electoral, así como la conveniencia de adecuar los límites de gastos en publicidad exterior y de publicidad en prensa y radio a los nuevos soportes de publicidad existentes como consecuencia de la introducción de las nuevas tecnologías.

Así aparece recogido en el informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones a la Asamblea Regional de Murcia de 2015 elaborado por el Tribunal de Cuentas, que verifica el cumplimiento de las restricciones legales en materia de ingresos y gastos electorales derivados de estos comicios.

En su informe, el Tribunal de Cuentas observa una deficiencia en cuanto al cumplimiento de las restricciones legales en materia de ingresos y gastos electorales, al detectar un exceso en el cálculo de la estimación de intereses financieros en el PSOE por importe de 2.046,21 euros (938,71 euros correspondientes a gastos por operaciones ordinarias y 1.107,50 euros a gastos por envíos de propaganda electoral).

Tras el análisis, el Tribunal invita a los partidos a considerar la oportunidad de promover el desarrollo normativo pertinente con objeto de precisar los conceptos, la imputación y la justificación de los gastos electorales; así como valorar la oportunidad de regular las nuevas fórmulas de obtención de financiación privada a través de operaciones de endeudamiento por concesión de microcréditos y mediante figuras de naturaleza análoga como las que se llevan a cabo a través de plataformas de financiación colectiva (crowdfunding).

Y es que se trata de fórmulas que no están expresamente contempladas en la legislación actual sobre financiación de los partidos políticos, ni en el ámbito de la actividad electoral ni en el de la actividad ordinaria, por lo que insta a subsanar el vacío legal que existe en esta materia, según las recomendaciones del Tribunal.

De la misma manera, el Tribunal de Cuentas pide a los partidos que se replanteen los envíos directos y personales a los electores de sobres y papeletas o de propaganda electoral, considerando que está garantizada la disponibilidad de los sobres y papeletas para la votación en las mesas electorales y teniendo en cuenta el actual desarrollo de los medios y tecnologías de la información, lo que permitiría reducir los fondos públicos destinados a su financiación.

Y es que en el análisis de los costes unitarios de los envíos directos y personales a los electores de sobres y papeletas, "se han puesto de manifiesto importantes variaciones entre las distintas formaciones políticas, llegando a representar el coste unitario más elevado el triple del coste más económico".

En el caso de mantener la subvención autonómica específica para financiar los envíos directos y personales a los electores de sobres y papeletas o de propaganda, el Tribunal de Cuentas sugiere revisar el criterio establecido en la Ley electoral de la Comunidad por el que se abona una cantidad fija por elector en cada una de las circunscripciones en las que se haya presentado candidatura, siempre que esta haya obtenido, al menos, un escaño.

Ante las "significativas variaciones" del gasto unitario en concepto de envíos directos y personales a los electores de sobres y papeletas, el Tribunal de Cuentas estima oportuno que la cantidad a financiar a las formaciones políticas se fijará "con respecto al número de envíos justificados en cada circunscripción, con el límite máximo del número de electores".

Por último, el Tribunal considera conveniente que quede especificado lo máximo posible en la legislación electoral las categorías de gastos imputables a la subvención de los gastos electorales por el envío directo y personal de sobres y papeletas o de propaganda y publicidad electoral.

Conclusiones del informe

De los resultados de fiscalización de las contabilidades electorales presentadas por las formaciones políticas con motivo de las elecciones a la Asamblea Regional de Murcia, celebradas el 24 de mayo de 2015, cabe deducir las conclusiones que se exponen a continuación

El Tribunal recuerda que todas las formaciones políticas que debían presentarle la contabilidad electoral han cumplido con dicha obligación y, una vez fiscalizadas las cuentas, el gasto por operaciones ordinarias declarado por la totalidad de los partidos concurrentes a este proceso ha ascendido a un importe conjunto de 703.775,55 euros.

No obstante, una vez realizados los ajustes derivados de los gastos irregulares observados y de la reclasificación de gastos, y efectuado el incremento del gasto por envíos electorales justificados no cubiertos por la subvención específica, el gasto total considerado justificado es de 758.369 euros.

En este sentido, el Tribunal destaca que el gasto declarado conjunto para la realización de la actividad de envío de propaganda electoral suma 391.769 euros. No obstante, una vez minorado el importe de los gastos no cubiertos por la subvención específica, resulta un gasto considerado justificado por envíos de propaganda electoral con derecho a subvención de 335.129 euros.

El Tribunal de Cuentas destaca que "ninguna formación política ha superado los límites de gastos específicos previstos para las elecciones a la Asamblea Regional".

Por último, indica que una empresa proveedora ha incumplido la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas información detallada de los importes facturados a las formaciones políticas por cuantías individuales superiores a 10.000 euros, ascendiendo la cantidad no informada a 10.599 euros.

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