Condenados a más de 56 años y 888.000 euros de multa los 17 acusados de traficar con drogas

La Fiscalía pedía más de 72 años y 1,5 millones
Juicio contra 17 acusados por tráfico de drogas
Juicio contra 17 acusados por tráfico de drogas
EUROPA PRESS
Juicio contra 17 acusados por tráfico de drogas

Los 17 acusados de participar en una red de tráfico de drogas con base en Gijón y que operaba en Santander y Cantabria han sido condenados a penas que suman más de 56 años de cárcel y multas por importe conjunto superior a los 888.000 euros, tal y como se ha acordado en el juicio celebrado este lunes, 11 de enero, en la Sección Primera de la Audiencia de Cantabria, y en el que ha habido conformidad de los procesados y las partes.

De este modo, se rebajan las penas tanto de prisión como las multas solicitadas por la Fiscalía, que había pedido más de 72 años de cárcel y 1,5 millones de euros, tras las modificaciones introducidas.

De acuerdo con las mismas, las penas de cárcel oscilan entre los seis meses impuestos a uno de los participantes y los siete años y ocho meses a los que ha sido condenado el cabecilla de la red, en prisión desde que fue detenido y que también deberá pagar la multa más elevada, de 450.000 euros, mientras que la más baja es de 5 euros.

Los procesados, por delitos contra la salud pública, de drogas que causan grave daño a la salud y otras que no causan tanto grave daño, pertenencia a un grupo criminal y tenencia ilícita de armas, formaban parte de un grupo organizado y concertado, con base en Gijón, que al menos a lo largo de 2012 introducía desde Colombia cocaína a España, utilizando correos portadores de cantidades superiores a 2 kilos cada uno.

Una vez salvado el paso aduanero, lograban entregar la mercancía a la banda, que se encargaba del corte de la misma, dada su gran pureza, así como de la transmisión a terceras personas. Además, estos terceros la comercializaban a su vez al 'menudeo'.

El grupo, que en ocasiones adquirió la droga en el levante peninsular, tenía un cabecilla, Rubén I.R., que organizaba la introducción, recepción, corte y distribución de la droga, y que ha sido condenado por un delito contra la salud pública a seis años y ocho meses y la citada cuantía, así como un año más por pertenencia a grupo criminal.

El cabecilla tenía un colaborador "esencial" en España, que mantuvo cuando se marchó a Colombia, donde permaneció la mayor parte del tiempo que duró la investigación. Éste se encargaba de coordinar los viajes y proporcionar la droga a los correos para meterla en España, donde mantenía contactos "de utilidad".

Otro colaborador coordinaba y organizaba los viajes para la adquisición de la droga en España y participaba en la transformación y corte, así como en la distribución de la cocaína. Incluso transportaba el mismo la mercancía a la cédula de Santander.

A la comercialización con terceros le ayudaba su compañera y otro chico, Ricardo M., que facilitaba también partidas de cocaína a compradores que luego la comercializaban a su cartera de clientes en Asturias. Asimismo, se encargaba de traer cantidades de dicha sustancia a la zona oriental de Cantabria, a localidades como Laredo, Hazas de Cesto o Colindres.

Este hombre, igualmente encarcelado desde que fue detenido, ha sido condenado a seis años y cuatro meses de prisión por el delito contra la salud pública y el pago de 300.000 euros, y a ocho meses más por la pertenencia a grupo. Mientras, a la chica le han impuesto tres años y seis meses de cárcel y 8.900 euros por un delito contra la salud pública.

En los citados municipios, tres hombres que no pertenecían al grupo actuaban como compradores independientes, y la comercializaban a la cartera de clientes que les entregaba uno de los miembros de la organización. Y uno de ellos también entregó en diversas ocasiones marihuana a uno de los integrantes de la red, para su distribución a terceros.

En Santander, la droga era distribuida a terceros compradores en el entorno de la ciudad, así como a trabajadoras de clubs de alterne.

MODIFICACIONES

Con motivo del acuerdo alcanzado en el juicio entre todas las partes, no se ha considerado suficientemente acreditada la posesión de arma por parte de uno de los implicados, al igual que no ha considerado suficientemente probado que una de las chicas conociera y participara en la distribución y venta de las cantidades de droga que figuraban inicialmente.

Además, once de los acusados estaban en el momento de los hechos afectados por una toxicomanía que limitaba levemente su actuar, y se les ha aplicado la correspondiente atenuante.

También se ha tenido en cuenta que en el momento de la detención uno de ellos colaboró con las fuerzas y cuerpos de seguridad, confesando la infracción y aportando datos que han dado solidez a las pruebas contra otros implicados.

De igual modo, no se ha considerado suficientemente acreditado que uno de los acusados perteneciera a grupo criminal, mientras que para otros cuatro se ha concluido que la participación en el grupo fue "escasa y poco temporal", así como "de escasa importancia".

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