Un juzgado anula dos licencias del Ayuntamiento de Reocín al Karting La Roca

Señala que la legalización de obras no autorizadas requiere un proyecto global y único

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Santander ha anulado sendas licencias de apertura y de ampliación de actividad y apertura concedidas por el Ayuntamiento de Reocín al Karting La Roca, al considerar que "no estamos ante una actividad proyectada pendiente de ejecutarse las instalaciones, sino, claramente, ante una legalización de instalaciones y usos que carecían de licencia y autorización".

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, estima íntegramente las demandas interpuestas contra las resoluciones municipales que concedían ambas licencias, al entender que "estamos ante legalizaciones de obras no autorizadas que exigen una autorización global y proyecto único que permita evaluar la realidad de lo construido, de la actividad y su impacto, urbanístico, territorial y medioambiental".

Las demandas se basan en "la existencia de obras ilegales e ilegalizables, falta de autorizaciones sectoriales, ocupación de dominio público y zona de policía de cauces, y sobre todo, fraude en el procedimiento de autorización, pues no existe un proyecto global de la actividad sino que se han ido concediendo autorizaciones parciales en procedimientos de legalización, una vez descubiertas las obras ilegales ejecutadas".

El ayuntamiento y el propietario, Daniel Sordo, sostienen que la actuación administrativa "es correcta pues solo se ha autorizado parte de las instalaciones que cuentan con todas las autorizaciones sectoriales pertinentes en tanto que el resto, se han precintado y no son objeto de las resoluciones impugnadas".

En la sentencia, fechada el 11 de diciembre, el juez destaca la existencia de "innumerable expedientes (más de 40 según el perito judicial)" sobre este asunto, que generan "una enorme confusión y una ausencia real de control efectivo, urbanístico, ambiental y de ordenación territorial".

El magistrado llama la atención sobre la forma de proceder del promotor, que "ha ido incumpliendo las licencias mediante la ejecución de nuevas obras al margen de toda autorización y nunca ha presentado un proyecto que aglutine la realidad de las instalaciones y actividad desarrollada".

También incide en la forma de proceder del ayuntamiento, que "ha consentido que la legalización se haga obra a obra, parte a parte, incluyendo licencias mayores, menores, de actividad, apertura y sectoriales. Y ello a pesar de que las instalaciones ya estaban ejecutadas y los usos ya existen", añade.

El juez concluye que "la legalización de la instalación que ya existe, pasa por un proyecto unitario, total y que refleje la realidad de lo ya ejecutado, que habrá de obtener las autorizaciones de uso en suelo rústico, medioambientales, sectoriales y después de actividad y obra, sin perjuicio de la validez de actos previos y sin prejuzgar las previas licencias, a pesar de que consta la existencia de licencias de obras previas a las autorizaciones sectoriales y a la propia licencia de actividad".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento