Gobierno vasco inicia el proceso para reparar a las víctimas del "contraterrorismo ilícito" entre 1978 y 1999

La Ley de Reparación de Víctimas "abre camino" a otra de "prevención integral de la tortura" que aborde casos desde el año 2000
Jonan Fernández
Jonan Fernández
EUROPA PRESS
Jonan Fernández

El Gobierno vasco ha iniciado el proceso de tramitación de la Ley de Reparación de Víctimas causadas por "contraterrorismos ilícitos" entre 1978 y 1999, que "abre camino", en su exposición de motivos, a una posterior ley de "prevención integral de la tortura que pudiese, además, abordar la reparación de casos desde el año 2000", según ha informado el secretario general para la Paz y la Convivencia del Gobierno vasco, Jonan Fernández.

En rueda de prensa celebrada en Bilbao, Fernández ha explicado que se trata "del primer borrador para el anteproyecto de una Ley de Reparación de Víctimas causadas por contraterrorismo ilícitos entre 1978 y 1999, que supone la continuación del camino iniciado con el Decreto 107/2012, a través, ahora, de un instrumento jurídico con rango de ley".

La finalidad de este anteproyecto es, según ha explicado, "definir el procedimiento y requisitos para la declaración de la condición de víctima y el reconocimiento, en su caso, de las vulneraciones de derechos humanos causadas por contraterrorismos ilíticos en Euskadi entre el 29 de diciembre de 1978 y el 31 de diciembre de 1999".

Fernández ha señalado que "la necesidad de la ley viene determinada de un dato objetivo", como es que "hay víctimas que no han sido reconocidas ni reparadas desde 1978". En este sentido, ha añadido que, en la medida en que existen, "es un imperativo ético y democrático crear un instrumentos para su reconocimiento y reparación".

"Es por eso una pieza necesaria para la normalización y la convivencia, y para la construcción de una memoria crítica del pasado", ha subrayado, para precisar que esta Ley "significa reconocer que, en el ejercicio del poder y de la violencia que legítimamente corresponde al Estado, se han producido abusos, excesos y acciones de violencia ilícita, tanto en el contexto de la lucha contra el terrorismo como con su pretexto".

Fernández ha señalado, además, que la exposición de motivos de esta Ley de Reparación de Víctimas causadas por "contraterrorismos ilícitos" entre 1978 a 1999 "abre camino a una posterior ley de prevención integral de la tortura que pudiese, además, abordar la reparación de casos desde el año 2000.

El secretario general para la Paz y la Convivencia ha subrayado que el objetivo principal de esta ley es "abrir un camino viable de reconocimiento y reparación efectiva a víctimas no reconocidas".

En ese sentido, Fernández ha precisado que "la experiencia del decreto aconseja un abordaje gradual y por etapas en la gestión de este tipo de políticas". De esta forma, se plantean tres etapas: en primer lugar, la etapa del decreto, ya recorrida que abarcó de 1960 a 1978; en segundo lugar, esta ley de reparación hasta 1999; y posteriormente, "una ley de prevención integral de la tortura que mire al futuro y cierre la reparación desde 2000".

En esta propuesta, ha explicado Fernández, se consideran vulneración de derechos humanos causada por "contraterrorismos ilícitos", cuando concurran cuatro condiciones. La primera es que "haya constituido violencia grave contra la vida o la integridad física o moral de las personas y que haya provocado el fallecimiento o lesiones físicas, psíquicas o maltratos graves y permanentes".

La segunda condición es que "haya sido llevada a cabo por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos; o fuera del ejercicio de sus cargos o por particulares con la aquiescencia o el conocimiento de las autoridades, o, de forma equivalente, por particulares que aparentemente actuaban de forma aislada, individual e incontrolada".

La tercera es que "se haya provocado con la intención de influir en la sociedad", y, por último, la cuarta es que "no haya habido investigación, o si la hubo, que ésta no diese lugar debidamente al reconocimiento y reparación de las víctimas".

En cuanto a la cobertura temporal, ha indicado que el plazo de cobertura de esta ley se sitúa entre el 29 de diciembre 1978 y el 31 de diciembre de 1999. Según ha explicado, el límite fijado es 1999 porque "los casos anteriores a esa fecha han sido alcanzados por la prescripción, o están próximos a serlo" y, además, "las denuncias de los casos más recientes se encuentran todavía en plazo para su investigación judicial".

Por otro lado, ha recordado que la gestión del decreto de vulneración de derechos humanos, "que se ha conocido como de abusos policiales, reposa en el trabajo de una comisión que evalúa los casos". Respecto al contenido del citado Decreto, esta propuesta de Ley de Reparación de Víctimas causadas por contraterrorismos ilícitos "refuerza el carácter pericial de la comisión de valoración con la incorporación de tres peritos forenses pertenecientes al Instituto Vasco de Medicina Legal".

En cuanto a las compensaciones económicas, serán las mismas compensaciones que las establecidas en el Decreto 107/2012. Las indemnizaciones por lesiones permanentes de carácter no invalidantes, "que fueron objeto de recurso de la Abogacía del Estado", se calcularán de acuerdo con las cuantías, multiplicadas por tres, establecidas en la Orden ESS/66/2013, que regula las indemnizaciones por lesiones de carácter no invalidante causadas por accidentes de tráfico y enfermedades profesionales.

De este modo, ha destacado Fernández, "se disipa cualquier duda sobre riesgo de arbitrariedad en la determinación de estas indemnizaciones. Según el baremo recogido en el borrador, por fallecimiento se fija una cuantía máxima de 135.000 euros, por gran invalidez un máximo de 390.000 euros, por incapacidad permanente en grado de absoluta 95.000 euros, por incapacidad permanente en grado total 45.000 euros, y por incapacidad permanente en grado parcial 35.000 euros.

Fernández ha destacado que el criterio fundamental en el impulso y gestión de este proyecto de Ley es "la búsqueda del máximo consenso". El texto de este documento, que es un primer borrador que se ha elaborado en colaboración con un equipo del Instituto Vasco de Criminología (IVAC), es "una propuesta abierta a incorporar cambios, tanto en el procedimiento interno establecido para la aprobación de la ley, como en el debate con los grupos parlamentarios y los agentes sociales".

En ese sentido, ha recordado un "antecedente reciente y muy importante", como es que el pasado 11 de junio, el Parlamento vasco, con los votos de PNV, EH Bildu, PSE, y PP, instó al Gobierno vasco a continuar con las políticas de reparación de estas víctimas y a que el proyecto de ley anunciado buscase el máximo consenso posible".

"Estamos dando cumplimiento a ese mandato y también a los compromisos del Plan de Paz y Convivencia, concretamente en lo referido a reconocimiento y reparación de víctimas no amparadas, hasta el momento, en la legislación actual", ha añadido.

Asimismo, con esta ley, considera que se está "plasmando el compromiso del Gobierno vasco con el reconocimiento de todas las víctimas de vulneraciones de derechos humanos sin excepciones".

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