Tribunales.- El juez desestima la solicitud de aclaración de Limasa sobre la sentencia del convenio colectivo

La empresa considera que se debe aplicar con todas las modificaciones posteriores
Limasa, trabajador, playa
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EUROPA PRESS/AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
Limasa, trabajador, playa

El Juzgado de lo Social número 8 de Málaga ha respondido a la empresa de limpieza Limasa, en relación con la sentencia en la que daba la razón a los trabajadores y rechazaba dar rango de convenio a los acuerdos que pusieron fin a la huelga de 2013, que "no ha lugar" a efectuar aclaración. Se insiste, por tanto, en que el único marco laboral en vigor es el de 2010-2012, prorrogado hasta la adopción de uno nuevo.

"La solicitud aclaratoria debe ser desestimada y ello por cuanto no advierte el juzgador que concurra, en la parte de la resolución cuya aclaración se pretende, oscuridad, insuficiencia o incongruencia con las afirmaciones y consideraciones fácticas y jurídicas que se contienen en la sentencia, en función del objeto litigioso y de las pretensiones ejercitadas", se precisa en el auto, al que ha tenido acceso Europa Press.

Por su parte, Limasa, participada en un 49 por ciento por el Ayuntamiento y que presentó la petición de aclaración para determinar si se debía aplicar el convenio de 2010-2012 tal y como se firmó inicialmente o incorporando las modificaciones posteriores, entiende que han de incluirse todas los cambios efectuados en los acuerdos alcanzados en el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (Sercla) y en el texto suscrito en diciembre de 2013.

El concejal de Sostenibilidad Medioambiental, Raúl Jiménez, ha afirmado que la sentencia, "al contrario de lo que interpreta el comité, no indica que el convenio inicial de 2010-2012 sea la referencia para establecer las condiciones laborales a partir del 1 de enero de 2016 y negociar entre Limasa y los representantes de los trabajadores las condiciones del siguiente marco laboral".

Jiménez ha apuntado que el magistrado incide en que "no se han cuestionado en el procedimiento judicial las modificaciones del convenio de 2010-2012 firmadas en diciembre de 2013". Por tanto, el fallo no puede entrar a cuestionar las mismas.

Comenzar a negociar el nuevo convenio

El edil del PP ha expresado la voluntad del Ayuntamiento, tal como se ha aprobado este mismo martes por unanimidad en el pleno ordinario, de comenzar a negociar cuanto antes el nuevo convenio colectivo. Ha recordado que dicha voluntad municipal quedó de manifiesto en el propio Sercla, aunque el comité les emplazó a enero o febrero.

Después de que los servicios jurídicos de Limasa estudiaran la sentencia, conocida el pasado 11 de diciembre y tras la que los trabajadores de Limasa desconvocaron la huelga indefinida, la duda para la empresa y el Ayuntamiento era determinar si había que aplicar el convenio de 2010-2012 tal y como se firmó inicialmente o incorporando las modificaciones posteriores.

En este punto, se encontrarían las modificaciones adoptadas en el Sercla que evitaron en 2012 la huelga; el laudo dictado por el árbitro designado por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, Jesús Cruz Villalón, o el principio de acuerdo de diciembre de 2013 que puso fin al paro indefinido. Ante esto, se presentó la solicitud de aclaración, que, finalmente, ha sido desestimada.

La resolución judicial que da la razón a los trabajadores es ejecutiva, aunque cabe recurso de suplicación. Por ello, a partir del 1 de enero la plantilla fija de Limasa, compuesta por unos 1.300 operarios, debe cobrar de nuevo la paga de productividad, descansar todos los fines de semana, disfrutar las vacaciones entre junio y septiembre, poder trabajar los festivos —140 euros por día— o recibir la cesta de Navidad —valorada en 68 euros—.

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