El juzgado declara el concurso voluntario de AIDO, investigada por un presunto fraude en subvenciones

El juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia ha declarado el concurso voluntario ordinario de la Asociación Industrial de Óptica, Color e Imagen (AIDO), y ha nombrado como administrador concursal al auditor Antonio Isamel Blanch. La entidad está siendo investigada penalmente en el Juzgado de Instrucción número 2 de Paterna en relación a un presunto fraude de subvenciones públicas en un caso en el que hay más de una decena de personas imputadas, entre ellas, el que fuera director de la empresa Emilio Pérez.

El juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia ha declarado el concurso voluntario ordinario de la Asociación Industrial de Óptica, Color e Imagen (AIDO), y ha nombrado como administrador concursal al auditor Antonio Isamel Blanch. La entidad está siendo investigada penalmente en el Juzgado de Instrucción número 2 de Paterna en relación a un presunto fraude de subvenciones públicas en un caso en el que hay más de una decena de personas imputadas, entre ellas, el que fuera director de la empresa Emilio Pérez.

El juzgado, en un auto de fecha 17 de diciembre facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, ha autorizado a los administradores del concurso para que puedan revisar los libros y la contabilidad y "recabar cuantos documentos o información consideren necesaria para el ejercicio de las funciones propias de su cargo, así como para la elaboración de los correspondientes informes".

Asimismo, deberán comunicar por escrito al juzgado las incidencias y obstáculos que encuentren para adoptar las medidas que procedan y advierte de que un comportamiento obstaculizador del deudor puede ser calificado como culpable.

AIDO presentó el pasado 8 de octubre la solicitud de declaración de concurso voluntario alegando que está en situación de insolvencia y no podía cumplir regularmente con los próximos vencimientos de obligaciones corrientes que los ingresos corrientes dimanantes de su actividad.

El juzgado, a la vista de las circunstancias expuestas por AIDO y al cumplir la solicitud los requisitos formales exigidos en la Ley, considera que el deudor no puede cumplir regularmente sus obligaciones y declara a la solicitante en estado de concurso, con los pronunciamientos legales inherentes y conservando el deudor las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, si bien sometido a la administración concursal.

Fase de liquidación

Al tratarse de un concurso voluntario, según el juzgado, no se conocen circunstancias por el momento que justifiquen la alteración del régimen general de intervención de facultades previsto en la ley Concursal. Además, en diez días se procederá a la apertura de la fase de liquidación, tras haber sido igualmente solicitada.

La administración concursal deberá realizar "sin demora" comunicación individualizada a cada uno de los acreedores que consten en el concurso, a quienes informará del deber de comunicar sus créditos. El administrador deberá presentar el informe en un plazo de dos meses a partir de la aceptación del cargo, si bien podrá pedir razonadamente una prórroga al juez.

El ejercicio ordinario de administración de AIDO queda sometido a la autorización de la administrador concursal aunque la asociación, para facilitar la continuación de la actividad empresarial, podrá realizar sin su intervención los actos y operaciones propios del giro o tráfico comercial.

AIDO tiene además el deber de colaboración ante el juzgado y la administración concursal, ante quien deberá poner a disposición libros, documentos y registros propios de su actividad y subsiste la obligación de formular y auditar las cuentas anuales. El incumplimiento de sus deberes podrá dar lugar a la apertura de diligencias penales. La resolución podrá ser impugnada en el juzgado en un plazo de cinco días.

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