Juicio en Valladolid contra una pareja de hosteleros por traspasar un bar sin comunicar una deuda de 9.000 euros

La Audiencia de Valladolid celebra juicio este martes, 15 de diciembre, contra la pareja de hosteleros compuesta por Luis Antonio G.L. y Soraya M.D. a la que se acusa de traspasar un café-bar sin poner en conocimiento del nuevo propietario la existencia de una deuda superior a los 9.000 euros que los primeros habían contraído con una empresa de 'tragaperras'.

La Audiencia de Valladolid celebra juicio este martes, 15 de diciembre, contra la pareja de hosteleros compuesta por Luis Antonio G.L. y Soraya M.D. a la que se acusa de traspasar un café-bar sin poner en conocimiento del nuevo propietario la existencia de una deuda superior a los 9.000 euros que los primeros habían contraído con una empresa de 'tragaperras'.

En su escrito de calificación provisional, el fiscal solicita para cada uno de los dos acusados una pena de un año de cárcel y, en concepto de responsabilidad civil, que indemnicen a la víctima, de forma conjunta y solidaria, con un total de 9.161 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En la vista, que tendrá por escenario la Sección Cuarta de lo Penal, se analizarán hechos ocurridos a partir de noviembre de 2012 cuando los procesados, quienes habían venido regentando el café-bar 'La Pirámide', sito en el número 1 de la calle Hípica, concertaron con Silvano E. la cesión a favor de éste del negocio, que se valoró en 50.000 euros.

El interesado abonó el día 13 del mismo mes, como reserva, un total de 6.000 euros, momento en el que se hizo constar ya en un documento que la cesión del negocio se hallaba "libre de cargas y deudas de proveedores y máquinas de juego", lo que fue tenido en cuenta por el nuevo adquiriente, quien se había manifestado en contra de asumir cualquier deuda pendiente.

Sin embargo, los todavía propietarios del negocio ocultaron una deuda de más de 9.000 euros contraída con la empresa Recreativos Unión 94 S.A. derivada de distintos préstamos recibidos de ella entre los años 2011 y 2012 como anticipo de la recaudación de las 'tragaperras' instaladas en el local, a cambio de comprometerse a mantener en exclusiva su maquinaria por un periodo no inferior a cinco años.

Así, el día 22 de noviembre de 2012 se documentó el contrato de cesión en cuyo acto la víctima, en la creencia de que no existía deuda alguna pendiente, efectuó el desembolsó de los 44.000 euros restantes pactados.

El perjudicado no tuvo conocimiento de la vigencia del débito, y de la cláusula de exclusividad, hasta que pretendió contratar la instalación de nuevas máquinas recreativas.

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