Tribunales.- Fiscalía descarta recurrir la sentencia que absuelve a un joven de la violación de una menor

El Ministerio Fiscal ha descartado recurrir la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Jaén que absuelve a N.S., de 29 años, del delito de agresión sexual después de que en 2013 fuera denunciado por una menor, de 16 años, que afirmó haber sido violada. La sentencia sostiene que no hay prueba suficiente de cargo para una condena por lo que absuelve al acusado que ya ha sido puesto en libertad tras pasar casi tres años en prisión preventiva.
Momento del juicio con N. S. Prestando declaración
Momento del juicio con N. S. Prestando declaración
EUROPA PRESS
Momento del juicio con N. S. Prestando declaración

El Ministerio Fiscal ha descartado recurrir la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Jaén que absuelve a N.S., de 29 años, del delito de agresión sexual después de que en 2013 fuera denunciado por una menor, de 16 años, que afirmó haber sido violada. La sentencia sostiene que no hay prueba suficiente de cargo para una condena por lo que absuelve al acusado que ya ha sido puesto en libertad tras pasar casi tres años en prisión preventiva.

El Fiscal Jefe, Carlos Rueda, han confirmado a Europa Press que tras estudiar la sentencia han decidido no recurrir ya que "no hay base" para presentar un recurso. Ha añadido que se puede estar o estar de acuerdo con la valoración de la prueba que ha hecho el magistrado en la sentencia, pero no es suficiente para recurrir una sentencia en la que no aprecian error procesal alguno.

Por su parte, la abogada de la menor, Celia Megía, en representación de Amuvi, ha anunciado que su cliente solicitará este viernes el turno de oficio para poder recurrir la sentencia. Con esta medida logrará parar el plazo de presentación del recurso que comenzará a contar cuando nuevamente tenga defensa asignada.

La sentencia recoge que "este tribunal considera que la víctima pudo verse sorprendida por esta penetración anal pero no se prueba, en forma alguna, que se resistiera a esta relación sexual y que lo hiciera patente al acusado que, como ya se ha reseñado, no utilizó violencia o intimidación alguna".

Añade la sentencia que tampoco hay datos subjetivos para respaldar una sentencia condenatoria puesto que en el acto del juicio quedó probado que acusado y víctima eran "más que conocidos" ya que paseaban juntos e incluso habían salido juntos en alguna ocasión con amigos comunes.

Los hechos se remontan al 29 de septiembre de 2012 en Torredonjimeno (Jaén) cuando el procesado mantuvo una relación con la menor. N.S. llevaba en prisión desde marzo de 2013 ya que tras la denuncia desapareció de Torredonjimeno y fue detenido y encarcelado seis meses después.

La Fiscalía había calificado los hechos de agresión sexual, y reclamaba para N.S. 11 años de prisión. También reclamaba una indemnización de 12.500 euros para la menor por los daños morales sufridos. Por su parte, la acusación particular ejercida por Amuvi, reclamaba 12 años de prisión y una indemnización de 25.000 euros.

Una vez que la sentencia se firme, será el propio N. S. el que deberá decidir si presenta reclamación ante el Ministerio de Justicia para lograr una indemnización por los 2 años y casi 9 meses que ha permanecido en prisión preventiva.

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