Tribunales.- Absuelven al exalcalde de La Nava de prevaricación y condenan al arquitecto por falsedad documental

Fernández dimitió días después del juicio y entregó su acta de concejal

La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto al exalcalde de La Nava (Huelva) el socialista Francisco Fernández, y al edil de Urbanismo, Francisco Ruz, de los delitos de prevaricación por lo que fueron juzgados el pasado junio en relación con una serie de licencias de obras irregulares concedidas al concejal, dueño de una finca ubicada en el Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche, y condena al arquitecto municipal Simón G.R. por falsedad en documento público por particular.

La Sección Primera de la Audiencia onubense impone al arquitecto una pena de 21 meses de prisión y nueves de multa con cuota diaria de ocho euros, contemplando la atenuante de confesión, según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Así, lo considera responsable en concepto de autor por su participación "directa y voluntaria" en los hechos declarados probados por cuanto que "simuló los tres proyectos referidos a los que atribuyó la autoría de tres arquitectos distintos con la exclusiva finalidad de agilizar la concesión de tres licencias en la finca del concejal de Urbanismo, así como dos solicitudes a nombre del arrendatario de una nave".

No obstante, de otro lado, el juzgado señala que "no existe una prueba directa de que el alcalde acusado conociera tales ilegalidades" ya que se podrá argumentar que la localidad es pequeña y que éste conocía que la finca en cuestión era propiedad del concejal de Urbanismo y de su esposa, pero "el derecho a la presunción de inocencia exige que se haya producido una plural, inequívoca y contundente prueba de cargo que en este caso no se ha verificado".

Por ello, el tribunal recuerda que en la mencionada finca, donde el concejal y su esposa alquilaban una nave a una empresa, se demuestra que "el interés demostrado en la instalación de la empresa automovilística no puede anudarse a fines particulares más allá de la normal actuación como responsable público a fin de dar recursos a la zona".

Así, la imputación al alcalde es "insuficiente" para fundamentar una sentencia condenatoria pues "no es posible afirmar que conociera las irregularidades existentes y pese a ello concediera las licencias para favorecer a los propietarios". Hay que recordar que Fernández dimitió días después del juicio y entregó su acta de concejal.

Además, argumenta que el primer edil alegó en múltiples ocasiones que cuando trascendió la irregularidad urbanística procedió a paralizar las obras correspondientes. Por otra parte, "en circunstancias normalizadas debería poder pensar el alcalde que su concejal de Urbanismo cumpliría de manera aún más estricta la legislación vigente en sus asuntos particulares".

Igualmente, el tribunal considera probado que el concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de La Nava, propietario junto con su esposa de la finca, "de común acuerdo y de forma indistinta", solicitaron "de manera irregular" distintas licencias municipales para realizar intervenciones en la finca, que se encuentra sometida a un régimen especial por su enclave en el Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche de la provincia de Huelva.

Solicitud de licencias

Así, durante los años 2006 a 2009 solicitaron licencia municipal para la rehabilitación de una nave agrícola destinada a almacén para poder obtener una subvención pese a que "las obras ya estaban terminadas y la acompañaron de un proyecto falseado a nombre de un arquitecto proporcionado por el arquitecto municipal de la localidad", acusado en esta causa.

Asimismo, el tribunal determina que éstos acompañaron además su solicitud de un informe favorable de un agente de Medio Ambiente, conocido de los propietarios por cuanto había sido concejal del citado municipio y residía en la localidad, "no existiendo tampoco informe jurídico previo".

Del mismo modo el 15 de julio de 2010 el concejal de Urbanismo y su esposa solicitaron licencia municipal para la reforma y adecuación de una nave ganadera existente como almacén en la mencionada finca que los cónyuges tenían alquilada.

"La solicitud fue presentada por el concejal junto con el arquitecto municipal, simulando éste último la firma del representante de la empresa arrendataria, y pese a que las obras ya habían comenzado; se acompañó en esta ocasión de un proyecto falseado a nombre de un arquitecto proporcionado también por el acusado arquitecto municipal, y de informe favorable del agente de Medio Ambiente citado".

Igualmente, se considera como hecho probado el día 22 de octubre de 2010 de nuevo este matrimonio solicitó la licencia municipal para la construcción de pérgolas en la finca (necesaria para el funcionamiento la empresa arrendataria) junto con el arquitecto municipal que "volvió a simular la firma del representante de la empresa arrendataria y proporcionó nuevamente un proyecto falseado, esta vez, a nombre de otro arquitecto".

No obstante, el tribunal sentencia que tampoco puede considerarse que se acrediten hechos constitutivos de un delito de prevaricación sobre el que la acusación pública construye la responsabilidad de los cooperadores necesarios, y finalmente, absuelve a todos los acusados del delito continuado de prevaricación, es decir al alcalde, el concejal, su esposa, el arquitecto municipal y el agente de Medio Ambiente.

Igualmente, los hechos declarados probados tampoco constituyen un delito continuado de falsedad en documento oficial respecto de la actuación del agente de Medio Ambiente, ya que, aunque intervino en dos ocasiones emitiendo informe favorable respecto de obras ya realizadas y empezadas a ejecutar y pese a que no era esa su demarcación, no queda acreditado "el hecho de faltar conscientemente a la verdad". "Son estos datos, en definitiva, insuficientes para sustentar la condena que interesa el Ministerio Público", apostilla la sentencia, que lo absuelve de ese delito.

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