Multan a Mediaset con 812.140 euros por superar el tiempo de publicidad permitido

  • La ley establece un máximo de 12 minutos por hora natural para mensajes publicitarios y televenta, lo que habrían superado Telecinco y Cuatro.
  • Según la legislación, "para el cómputo de esos 12 minutos" se excluye "el patrocinio y el emplazamiento".
La sede de Telecinco y el grupo Mediaset, en el barrio madrileño de Fuencarral.
La sede de Telecinco y el grupo Mediaset, en el barrio madrileño de Fuencarral.
David Vegal / MEDIASET
La sede de Telecinco y el grupo Mediaset, en el barrio madrileño de Fuencarral.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Mediaset con 812.140 euros al haber superado en sus canales Telecinco y Cuatro los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual.

En un comunicado, Competencia explica que Mediaset ha vulnerado el artículo 14.1 que establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural.

Según la legislación, "para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento".

La ley también indica que se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de ésta tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj.

Las infracciones detectadas, que son de carácter leve y grave, tuvieron lugar en Telecinco y Cuatro en enero y febrero de 2015.

Contra esta decisión de la CNMC, Mediaset podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

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