El juez del 'caso Vaersa' mantiene la retirada del pasaporte al exdirector imputado por riesgo de fuga

El magistrado que instruye el 'caso Vaersa' ha decidido mantener la retirada del pasaporte a Felipe Espinosa, exdirector de la entidad, al considerar que no han variado las circunstancias judiciales que llevaron a adoptar la decisión, centradas en el riesgo de fuga para evitar la acción de la Justicia.

El magistrado que instruye el 'caso Vaersa' ha decidido mantener la retirada del pasaporte a Felipe Espinosa, exdirector de la entidad, al considerar que no han variado las circunstancias judiciales que llevaron a adoptar la decisión, centradas en el riesgo de fuga para evitar la acción de la Justicia.

Así lo indica en un auto de fecha de este viernes, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el que el magistrado accede a la devolución al imputado de diversos objetos que le fueron intervenidos en un registro domiciliario realizado en su vivienda en junio de 2014, como un Ipad, un Iphone, dos portátiles, un disco duro y tres dispositivos USB, dado que la Brigada de la Policía Científica ya ha procedido al volcado y análisis de su contenido.

Sin embargo, el juez ha rechazado devolver el dinero en efectivo intervenido —34.000 euros— tarjetas de crédito y un dispositivo electrónico para realizar transferencias on line de Bank of China, dada cuenta de la entidad de los delitos que se le imputan —malversación de caudales públicos y prevaricación— y las sumas dinerarias que en concepto de responsabilidad se pudieran derivar para él. Al respecto, señala que en esta clase de infracciones penales, la reparación económica del daño resulta de "suma importancia".

Espinosa había argumentado la petición de devolución del pasaporte con el argumento de que se ha dado de alta como trabajador por cuenta propia y se dedica al asesoramiento en materia de fiscalidad internacional y que su trabajo consiste en la elaboración y tramitación de expedientes para la regularización del patrimonio de sus clientes —todos extranjeros—, muchos de ellos residentes en Madrid y otros en sus países de origen, lo que podía obligarle a hacer viajes fuera de España.

El magistrado recuerda que en todas las resoluciones anteriores se denegó la devolución del pasaporte como una medida cautelar considerada procedente, proporcional y necesaria teniendo en cuenta la existencia de un hecho que reviste caracteres de delito y la existencia de indicios suficientes para creerle autor de delitos que llevan aparejados penas de prisión. de hecho, señala que en una de ellas, confirmada por la Audiencia, se le denegó viajar a Zibo (China) por el "elevadísimo riesgo de fuga".

El juez también rechaza la petición de que comparezca indistintamente ante los juzgados de Valencia y Madrid por su nueva situación laboral, ya que considera que no es óbice para dejar a la voluntad del imputado "efectuar las comparecencias donde mejor le venga".

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