La Fiscalía de Ceuta incoa procedimientos de protección sobre 20 menores no escolarizados

La Fiscalía de Ceuta ha iniciado procedimientos de protección sobre cada uno de los 20 menores a los que el Ministerio de Educación se niega a escolarizar en la ciudad autónoma por no estar empadronados y sobre cuya residencia efectiva en territorio nacional no quiere pronunciarse la Administración local.

La Fiscalía de Ceuta ha iniciado procedimientos de protección sobre cada uno de los 20 menores a los que el Ministerio de Educación se niega a escolarizar en la ciudad autónoma por no estar empadronados y sobre cuya residencia efectiva en territorio nacional no quiere pronunciarse la Administración local.

El Ministerio Público ha instado a la Dirección Provincial del Ministerio de Educación a evacuar un dictamen al respecto y ha pedido al Grupo de Menores (Grume) de la Jefatura Superior de la Policía Nacional que "informe sobre los domicilios de los menores", según han informado fuentes judiciales a Europa Press.

"En este caso no parece que haya delito, pero sí que se podrían estar vulnerando derechos de menores, por lo que se inicia un procedimiento por cada uno para comprobar si existe o no dicha vulneración", han ampliado esas mismas fuentes.

El diputado autonómico Juan Luis Aróstegui (Caballas) denunció la semana pasada a la Fiscalía que "como consecuencia de la interpretación, que no aplicación, de dos normas de rango menor, al menos 20 niños residentes en Ceuta se ven privados de su derecho a la escolarización, en el que se materializa un derecho fundamental como es la Educación obligatoria hasta los dieciséis años, recogida en nuestro ordenamiento jurídico, y en especial en lo regulado en materia de protección a los derechos del menor".

Para el Ministerio la clave es "que se acredite de manera efectiva la residencia" de los niños. "No puede admitirse el informe aportado por Digmun —la ONG que da clase a los niños de lunes a viernes— toda vez que se trata de una institución privada, por lo que sus declaraciones o informes no pueden equipararse a los de los funcionarios. Por ello no puede surtir el efecto pretendido, esto es, probar la residencia en territorio nacional", ha apuntado la Administración competente en su respuesta negativa a los recursos de alzada formulados por la asociación.

La Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor establece que "los menores extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la educación, asistencia sanitaria y servicios y prestaciones sociales básicas, en las mismas condiciones que los menores españoles", y que "los poderes públicos, en el diseño y elaboración de las políticas públicas tendrán como objetivo lograr la plena integración de los menores extranjeros en la sociedad española, mientras permanezcan en el territorio del Estado español".

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