Tribunales.-Condenan al exalcalde de Partaloa y a un edil por prevaricación a multa y 7 años de inhabilitación

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado al exalcalde de Partaloa (Almería), el socialista Federico Molina, a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público así como a una multa de 12 meses a razón de cuatro euros diarios por un delito de prevaricación al autorizar y votar en pleno a favor de unos permisos para construir viviendas unifamiliares en suelo no urbanizable.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado al exalcalde de Partaloa (Almería), el socialista Federico Molina, a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público así como a una multa de 12 meses a razón de cuatro euros diarios por un delito de prevaricación al autorizar y votar en pleno a favor de unos permisos para construir viviendas unifamiliares en suelo no urbanizable.

El fallo, consultado por Europa Press, impone la misma pena al arquitecto municipal y al actual edil delegación Especial de PFEA, Obras e Infraestructuras, Agricultura, Medio Ambiente y Agua Potable del Ayuntamiento de Partaloa, Enrique Montalvo, así como al exconcejal Melitón Moreno.

También condena por un delito contra la ordenación del territorio al administrador y constructor de las viviendas a seis meses de prisión, una multa similar y a la suspensión de su oficio por un periodo de dos años, si bien el juez accede a suspender la prisión por un periodo de dos años con la condición de que el condenado no vuelva a delinquir durante ese mismo periodo.

Así, según se desprende de la sentencia dictada de conformidad entre las partes y sobre la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, el constructor, en una fecha anterior a abril de 2006, organizó a través de terceros la construcción de un conjunto de fincas urbanas tipo vivienda con sus correspondientes servicios en el paraje Piedra Amarilla, en Partaloa.

La sociedad consiguió finalizar al menos tres viviendas unifamiliares pese a que conocían que el suelo en el que se llevó a cabo la urbanización "era no urbanizable" y "sin posibilidad de que la construcción ejecutada fuera autorizada con arreglo a la normativa urbanística vigente hasta la fecha".

Para la ejecución de las obras, el acusado se sirvió de las licencias municipales de obras que le fueron concedidas por el alcalde, quien "sabiendo de la clasificación no urbanizable del suelo descrito y de la ilegalidad de tales obras" concedió las licencias mediante su voto en pleno municipal junto con el apoyo de los dos concejales.

El juez-magistrado Manuel José Rey considera también probado en la sentencia que para ello se sirvieron del entonces arquitecto municipal, quien emitió un informe "preceptivo y favorable" a tales obras "con conocimiento de la ilegalidad" que suponía. Las tres viviendas fueron vendidas a varios ciudadanos británicos.

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