Tribunales.-AMP.-La juez de Aznalcóllar rechaza nuevas imputaciones porque no hay dato nuevo que las justifique

Reclama a la empresa denunciante que aporte "a la mayor brevedad" el informe pericial anunciado para no "dilatar innecesariamente" la causa La juez anuncia que "ya se ha alcanzado la necesaria acreditación de lo realmente acontecido"

Reclama a la empresa denunciante que aporte "a la mayor brevedad" el informe pericial anunciado para no "dilatar innecesariamente" la causa

La juez anuncia que "ya se ha alcanzado la necesaria acreditación de lo realmente acontecido"

La juez de Sevilla que investiga la adjudicación a la agrupación empresarial México-Minorbis de los derechos de explotación del yacimiento minero de Aznalcóllar ha rechazado la petición realizada por Emerita Resources España para que imputara en la causa al secretario general de Innovación, Industria y Energía, Vicente Cecilio Fernández Guerrero, ya que la empresa denunciante "no añade ni aporta ningún dato nuevo que justifique nuevas imputaciones".

En un auto fechado el 8 de octubre, al que ha tenido acceso Europa Press, la instructora señala que, aunque la acusación particular que ejerce Emerita "realiza en su escrito de alegaciones una serie de manifestaciones a modo de valoración de las diligencias de prueba realizadas hasta la fecha que pueden resultar esclarecedoras con relación a determinados aspectos de los que son objeto de debate", su escrito "no añade ni aporta a lo largo de sus 26 folios ningún dato nuevo que justifique nuevas imputaciones".

Asimismo, la juez rechaza la petición de Emerita para que citara a declarar "como testigos o imputados" a otras nueve personas, como son seis miembros de la comisión técnica y de la mesa de contratación que no han sido llamados a la causa tras ser detenidos por agentes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional; Isidro y Mario López Magdaleno, "dueños de Magtel y representantes de Minorbis", y Ángel Joaquín Maestre García, "que participó en la elaboración de las bases y en el proyecto de Minorbis-Grupo México".

Tras explicar que "no son en modo alguno semejantes ni parecidos los estatutos de una y otra comparecencia, la del imputado y la del testigo", la instructora insiste en que, "a día de hoy", no aprecia "indicios nuevos de delito que justifiquen una ampliación de los términos en los que ya se expuso el auto de este juzgado de 31 de julio de 2015 por el que se acordó la declaración como imputados" de siete personas, entre ellas la ex directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta María José Asensio Coto.

Todo ello, añade, por "más cuestionable que pueda resultar que un secretario general realice llamadas 'para interesarse' por el curso de un proceso de negociaciones entre empresas privadas llamadas a participar en un concurso público", ya que "la evidencia de la llamada realizada en abril del 2014 no es encuadrable en ningún tipo del Código Penal".

"extralimitación inadmisible"

Respecto de la investigación patrimonial que interesa la acusación particular que se desarrolle con relación a Ángel Joaquín Maestre García, la juez la rechaza, pues "no es lícito que el Juzgado desarrolle diligencias de investigación respecto del aspecto patrimonial u otros relacionados con el señor Maestre, que no ha sido citado en ningún momento como imputado o investigado" y ello "supondría una extralimitación inadmisible en la labor instructora".

"No es procedente la práctica indiscriminada de cualquier diligencia que someramente pueda de algún modo relacionarse con los hechos investigados, sin que se explicite su trascendencia concreta respecto de los mismos, sino sólo el particular punto de vista de la parte afectada, tratándose además de cuestiones eminentemente técnicas las que aquí se han de dilucidar", pone de manifiesto la magistrada.

Asimismo, y respecto del informe pericial sobre aspectos técnicos y económicos que Emerita anuncia en su escrito, la juez reclama a la empresa que lo aporte "a la mayor brevedad", todo ello "teniendo en cuenta que la presente investigación se encuentra abierta desde hace varios meses y que no resultaría justificado prolongar las actuaciones, dilatándolas innecesariamente cuando ya se ha alcanzado la necesaria acreditación de lo realmente acontecido, así como la formación suficiente de criterio en lo relativo a la trascendencia jurídico penal de los hechos investigados".

En el auto, la juez informa de que, en respuesta a su petición del pasado mayo relativa a la elevación de la cota de lámina de agua en la corta de Aznalcóllar, acaba de recibir de la Secretaría General de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) una copia del oficio de 18 de febrero de 2014 del entonces comisario de Aguas de dicho organismo dirigido a la Consejería de Economía, Innovación Ciencia y Empleo, y en concreto a la Dirección General De Industria, Energía y Minas, referente a la mina de Aznalcóllar, y copia del oficio de fecha 26 de febrero de 2014 de la presidencia de la misma confederación dirigido a dicha Dirección General.

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