La ley gallega de acuicultura "agilizará" trámites y facilitará transformar marisqueo en actividad acuícola

Quintana dice que la "integración medioambiental" es clave y recuerda que ninguna legislación en la UE prohíbe piscifactorías en Red Natura
Consello de la Xunta
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ANA VARELA
Consello de la Xunta

La futura ley de acuicultura de la Xunta, la primera de la Unión Europea (UE) en esta materia, "simplificará y agilizará" todos los trámites administrativos para su desarrollo, y facilitará que las cofradías que explotan bancos naturales en régimen de marisqueo puedan "dar el paso definitivo" hacia la actividad acuícola.

Al término de la reunión semanal del Ejecutivo, Alberto Núñez Feijóo, y la conselleira de Medio Rural e do Mar, Rosa Quintana, han abordado los detalles de esta norma integrada en 15 títulos que regulan "todas las casuísticas" para garantizar la explotación y gestión sostenible de esta actividad.

Lo hace de forma integral y diferenciando en cuatro ámbitos: zona marítima, marítima terrestre, parte litoral de la zona terrestre y terrestre. La primera se refiere a los cultivos que se desarrollan en la lámina de agua marina, normalmente a flote y Quintana ha ejemplificado con las bateas.

En cuanto a la zona marítima-terrestre abarca las áreas intermareales en las que están los parques de cultivo, como los de Carril, en Vilagarcía de Arousa (Pontevedra). La parte litoral de la zona terrestre se corresponde con la parte más próxima a la costa y en la que se instalan, por ejemplo, las plantas de cultivo de rodaballo. La última área es la interior de la zona terrestre.

Entre sus principales novedades, Quintana ha destacado que la ley "agilizará y simplificará" todos los procedimientos administrativos y también facilitará la toma de decisiones a la hora de gestionar proyectos de acuicultura.

Así, incorpora figuras previas que, antes de la presentación del proyecto final, permiten al promotor y a la Administración conocer la viabilidad de un establecimiento y ponderar las características técnicas, biológicas y económicas del sistema productivo.

Dichos procedimientos se denominan declaración de idoneidad previa, previa a que se otorguen los títulos habilitantes en la zona terrestre, e informe de idoneidad, para las zonas marítimo y marítimo terrestre.

Parques de cultivo colectivo

Quintana ha incidido especialmente en la regulación de la transformación del marisqueo en acuicultura, de forma que se permite a los titulares en bancos naturales adecuar, "voluntariamente", su actividad al ejercicio de la acuicultura.

La actividad resultante se denominará acuicultura en parques de cultivo colectivo y contará con un régimen normativo específico.

Con ella, se garantizará el mantenimiento de la actual estructura "colectiva" del marisqueo y se otorgará a las entidades asociativas del sector, "con prioridad" a las que ya gestionen la zona en cuestión.

Ampliación de los títulos habilitantes

La ley fijará un plazo máximo de respuesta de seis meses en los procedimientos de prórroga de los permisos de actividad. Así, en el caso de que la Administración estatal no dictase informe expreso sobre la ocpuación del dominio público marítimo-terrestre en este plazo, la Consellería estimaría la petición de prórroga.

Del mismo modo, regula la Comisión Técnica de Acuicultura y la Comisión Interadministrativa de Acuicultura, y en aras de la "seguridad jurídica", clarifica las competencias entre administraciones.

De este modo, indica que es la Administración del Estado, a través de Costas, la que otorga primero las concesiones administrativas de ocupación del dominio público marítimo-terrestre, y después la consellería do Medio Rural e do Mar da el permiso para ejercer la acuicultura.

El anteproyecto legislativo también amplía la duración de los títulos habilitantes para el ejercicio de la actividad acuícula, que pasan de 30 a un máximo de 50 años, adaptándola así la norma a la última modificación de la ley de costas estatal.

Responsabilidad civil

El documento regula también los planes sectoriales de ordenación, la localización de la actividad y la declaración de las zonas de interés preferente. Así, la Xunta podrá declarar algunas zonas como de interés preferente para la acuicultura, lo que significa que en ellas se promoverá el desarrollo económico y el empleo en las zonas costeras o del interior, a través de la expansión de la acuicultura.

Sobre la integración ambiental, Quintana ha destacado que será clave en el proyecto, de forma que presta atención al cambio climático y a los planes hidrológicos, al tiempo que obliga al titular de las plantas a "construir y mantener durante la vigencia de la explotación" un seguro de responsabilidad civil para hacer frente a posibles daños medioambientales.

Por último, la ley exigirá la reposición de la zona a su estado natural tras la extinción del título y fijará un catálogo de prohibiciones.

Piscifactorías en red natura

Conforme ya había sido ratificado cuando se aprobó el plan director, en Galicia se podrán construir piscifactorías en Red Natura. Quintana ha subrayado que en la legislación europea no existe "ninguna prohibición" de impulsar este tipo de empresas "en ninguna zona".

"La Directiva de Hábitat lo permite", ha remarcado, antes de recordar, en todo caso, que Galicia cuenta con unos requisitos exigentes desde el punto de vista medioambiental para poder acometer esta actividad en las zonas de mayor protección.

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