El Tribunal Supremo considera que la operación de cambio de sexo no es financiable con fondos estatales

  • Sólo es financiable si aparece recogida en las correspondientes normas de prestaciones sanitarias.
  • La activista transexual Carla Antonelli se ha manifestado "desagradablemente sorprendida" por la sentencia del Tribunal Supremo.
  • Antonelli era la coordinadora del Área de Transexualidad del PSOE.

El Tribunal Supremo determina en una sentencia que una operación de cambio de sexo no es financiable con cargo a la Seguridad Social o a fondos estatales si no aparece recogida en las correspondientes normas de prestaciones sanitarias, como ocurre en algunas CCAA, sin que ello suponga "ninguna" discriminación.

La sentencia de la Sala de lo Social del Supremo, que sienta doctrina, se refiere al caso de una persona transexual beneficiaria de la sanidad pública que se sometió a una operación de cambio de sexo masculino a femenino en una clínica privada en julio de 2003.

Su padre, como titular de la tarjeta sanitaria, reclamó al Instituto Madrileño de la Salud (IMSALUD) el abono de los 10.820 euros que costó la intervención en concepto de "reintegro de gastos médicos y sanitarios" por ser una operación que no efectúa la sanidad pública madrileña.

El IMSALUD rechazó la reclamación por consistir en un "tratamiento privado, no financiado por la Seguridad Social, al carecer de los requisitos establecidos para su concesión: asistencia sanitaria y urgente de carácter vital".

Entre otros argumentos, el Supremo cita la Ley General de Sanidad, que establece que las atenciones y prestaciones del sistema sanitario público "han de ajustarse necesariamente a la asignación de recursos financieros".

Para ello, prosigue la sentencia, el reglamento de la ley menciona las prestaciones que "no son financiables" con cargo a la Seguridad Social o fondos estatales destinados a la asistencia sanitaria, entre ellas "la cirugía de cambio de sexo, salvo la reparadora en estados intersexuales patológicos".

"Inválida" y "discriminatoria"

La activista transexual Carla Antonelli se ha manifestado "desagradablemente sorprendida" por la sentencia del Tribunal Supremo sobre la operación de cambio de sexo, que "discrimina" a los transexuales y es "inválida" porque "no se fundamenta en el marco jurídico actual".

Antonelli, que hasta hace unos días era la coordinadora del Área de Transexualidad del PSOE, lamentaba que "algunos españoles y españolas tengan las mismas obligaciones pero diferentes derechos" y recuerda que la sanidad pública "es para todos y para todas".

Asegura que la sentencia se sustenta en un error jurídico "bastante grande", ya que el Tribunal Supremo argumenta que la Ley General de Sanidad excluye explícitamente la cirugía de reasignación de genitales, lo que, dice, "es totalmente incierto".

Según la activista transexual, el 15 de septiembre del 2006 el Consejo de Ministros aprobó un real Decreto que eliminó esa exclusión explícita de la cartera de servicios de la sanidad pública.

Antonelli se refería al Real Decreto que regula el conjunto de las prestaciones sanitarias que se ofrecen en todas las CCAA a través del Sistema Nacional de Salud.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento