El instructor de los ERE en el TS defiende el procedimiento por el que imputó a los investigados por ser el más habitual

Zarrías formuló queja por la "atípica" forma en la que fue acusado, que no le permite formular recurso

El instructor del caso de los ERE fraudulentos en el Tribunal Supremo, Alberto Jorge Barreiro, defiende en un reciente informe su decisión de proceder contra los entonces aforados en la causa mediante exposición razonada —un tipo de resolución que no admite recurso— por ser este el procedimiento por el que, salvo en dos casos, ha venido actuando siempre la Sala de lo Penal del alto tribunal a la hora de tramitar suplicatorios para poder investigar a parlamentarios.

Así se pronuncia el instructor en un escrito remitido a la Sala el pasado 18 de septiembre en respuesta al recurso de queja interpuesto por la defensa del exdiputado socialista Gaspar Zarrías, en el que éste denunciaba la "atípica" forma en la que el instructor del caso concretó su imputación por un delito de prevaricación administrativa.

El pasado 25 de junio, el magistrado Jorge dio por finalizada la primera fase de su instrucción y abrió contra los imputados una doble vía, instando por un lado el suplicatorio del expresidente de Andalucía Manuel Chaves y de los también aforados y exconsejeros José Antonio Viera —al que también imputó una malversación de fondos públicos— y Gaspar Zarrías, quienes en dicha fecha aún eran diputados.

Por otro lado, y tras perder el también expresidente andaluz José Antonio Griñán su condición de aforado, el instructor elevó a través de un auto los indicios recabados en su contra y solicita que, por razones de conexidad, siga siendo enjuiciado junto con el resto de aforados.

La diferencia entre ambos caminos es que contra auto de Griñán cabía recurso, y de hecho su defensa lo interpuso, mientras que contra la exposición razonada no cabe recurso alguno.

En su queja, Zarrías señalaba que "no hay precepto alguno" en el ordenamiento jurídico que permita sostener que en una causa especial contra diputados, la resolución en la que un instructor motiva los indicios de delito contra un aforado revista "la atípica fórmula de exposición razonada y no de auto".

En respuesta a ello, Jorge Barreiro explica a los magistrados que tienen que valorar esta queja que el escrito en el que reunió los indicios contra el dirigente socialista "dado el objetivo y la función que desempeña, no adopta la forma de auto ni de otra clase de resolución judicial, pues así ha actuado esta Sala en todos los años que lleva tramitando peticiones de suplicatorio, excepto solo en dos casos", según había podido comprobar él mismo.

"Por consiguiente, me he ceñido a la formalización que de forma abrumadoramente mayoritaria ha adoptado esta Sala", razona Jorge Barreiro en su informe, al que ha tenido acceso Europa Press.

Paradojas de la ley

El magistrado del Tribunal Supremo reconoce que en este caso de da "una de las paradojas y contradicciones que contiene la regulación del régimen de los procedimientos de aforados", pues para poder incriminarles mediante resolución formal se precisa la autorización de la Cámara, y para obtenerla "tiene que razonar previamente con datos y argumentos incriminatorios la procedencia y la fundamentación de la solicitud.

"Con lo cual, el fin que se pretende obtener con la concesión del suplicatorio requiere como requisito previo que se anticipe en gran medida la incriminación legitimadora de la futura autorización parlamentaria", advierte el instructor del alto tribunal.

Por otra parte, el informe se refiere al hecho de que, el mismo día de la notificación de su exposición razonada, la defensa de Zarrías hiciera llegar al instructor un escrito solicitando el archivo de la causa contra él por no ser los hechos que se le atribuyen indiciariamente constitutivos de delito al no haber participado en "ningún entramado corrupto".

Alberto Jorge Barreiro no dio respuesta a esta petición al haber notificado ya que procedía formalmente para Zarrías. La defensa del exparlamentario, sin embargo, defiende que se debió resolver este asunto antes de dictar la exposición razonada porque la petición de archivo se entregó un día antes, el 24 de junio.

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