El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite, y por lo tanto ha dejado en suspenso de forma cautelar, el artículo 4 de la Ley 9/2015, de 12 de junio, que permite a la Generalitat de Cataluña la creación de un cuerpo propio de inspectores fiscales.
Esta ley reforma la normativa por la que se creó la actual Agència Tributària de Catalunya (7/2007) con el fin de convertirla en un organismo independiente respecto al Estado español.
El artículo 4 introduce de siete disposiciones adicionales que permiten, entre otras, que los funcionarios que presten servicio en Administraciones Públicas y realicen funciones similares a las de supervisión tributaria puedan solicitar su ingreso en el futuro cuerpo catalán de inspectores, siempre que cuenten ya con destino definitivo en esta comunidad.
Este precepto fue recurrido por el Gobierno al entender que la Generalitat discrimina a los funcionarios del resto del Estado y les excluye del derecho de acceder a esos puestos en condiciones de igualdad. Quienes pasasen a formar parte del cuerpo autonómico lo harían, además, por integración, lo que constituye, a juicio del Ejecutivo central, una manera "ex novo" de acceder a la función pública territorial.
El Constitucional ha dictado una providencia en la que acuerda dar traslado del recurso al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno y al Parlament, que dispondrán de 15 días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios