Unos 181.000 trabajadores independientes o autónomos declaran que su actividad se desarrolla en o para la empresa o negocio de un empleador que le proporciona trabajo. El dato lo aporta la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), de acuerdo con los datos de la última Encuesta de Población Activa (EPA).
Además, otros 87.000 autónomos declaran que tienen un cliente casi en exclusiva, aunque también atienden a otros clientes cuando surgen. Según estos datos, casi 270.000 trabajadores por cuenta propia pueden considerarse como autónomos económicamente dependientes (Trades), según la definición del Estatuto del Trabajo Autónomo del año 2010.
UPTA considera que estas cifras vienen a demostrar que cada vez hay un mayor número de autónomos que en la práctica dependen de un solo empleador, pero sin embargo no han podido acogerse a la mayor protección que le ofrece la Ley desde el año 2010. Ello es debido, en parte, a la falta de información, pero sobre todo a la actitud de muchas empresas que prefieren mantener una relación mercantil ordinaria por evitar los costes de una mayor protección y los derechos de este colectivo.
El sindicato cree también que en el seno de este colectivo existe un buen número de trabajadores autónomos que realmente debieran de tener una relación laboral con sus empresas. Para esta organización, es fundamental que la Inspección de Trabajo tenga competencias de actuación en materia de trabajo autónomo económicamente dependiente "a fin de asegurar el buen uso de la relación contractual de servicios".
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