El compresor del aire acondicionado, en la terraza comunitaria: ¿necesito permiso?

  • La Ley de Propiedad Horizontal dispone que no podemos hacerlo si alteramos su configuración o estado exterior.
  • No podríamos instalar el compresor sin autorización de la Comunidad.
  • Hay dos excepciones: que lo permitan los Estatutos de la Comunidad o que el edificio tenga preinstalación de aire acondicionado.
Compresor exterior de un aparato de aire acondicionado.
Compresor exterior de un aparato de aire acondicionado.
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Compresor exterior de un aparato de aire acondicionado.

Con la llega del calor del verano, y más con estas olas que se suceden, muchos recuerdan la conveniencia de instalar aire acondicionado en casa. Para instalarlo debemos tener en cuenta una serie de factores, desde las habitaciones a las que llegará la potencia o el tamaño de nuestra casa. Pero también hay que pensar en el compresor, es decir, la parte externa del aparato y en si podemos instalarlo en la terraza comunitaria. En ese caso, ¿con o sin autorización?

El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal dispone que el propietario del piso o local no podrá modificar sus instalaciones o servicios cuando ello suponga alterar su configuración o estado exterior, o perjudique los derechos de otro propietario, y añade que en el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna.

Así pues, como explican los expertos de Fincadmin, empresa dedicada a la Administración de comunidades, en principio no podríamos instalar el compresor de nuestro aire acondicionado sin autorización de la Comunidad, de forma que si lo hiciera sin dicha autorización, ésta podría obligarnos a retirarlo.

Eso es lo habitual y esa su respuesta. Pero en la realidad caben otras posibilidades, al menos dos. Habría que consultar los Estatutos de la Comunidad, ya que a veces establecen normas relativas a la instalación de este tipo de aparatos, bien prohibiéndolos, bien indicando el lugar para hacerlo, normalmente en la cubierta del edificio.

Además, como refiere Fincadmin, algunas edificaciones se proyectan y construyen con la preinstalación del aire acondicionado, destinando una zona o parte de la terraza comunitaria para la ubicación de los compresores de cada uno de los propietarios. En ese caso estaríamos en presencia de un elemento común –la terraza– en la que se ha destinado una zona que es de uso privativo para cada propietario. En tal caso, cada propietario podrá instalar su compresor en el lugar destinado al efecto para su vivienda sin autorización de la Comunidad.

Finalmente, debemos tener en cuenta que en algunos municipios conviene también consultar las ordenanzas en lo referido a normas de protección ambiental o de protección del patrimonio si se trata de un edificio significativo o de valor.

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