Educación acorta el tiempo de sustitución del profesorado

El Consell de Govern de este viernes ha aprobado una serie de medidas dirigidas a sustituir de manera inmediata las bajas de personal docente a los centros educativos, tal como se estableció en el acuerdo de gobernabilidad, entre las que se incluye acortar el tiempo de sustitución del profesorado.

El Consell de Govern de este viernes ha aprobado una serie de medidas dirigidas a sustituir de manera inmediata las bajas de personal docente a los centros educativos, tal como se estableció en el acuerdo de gobernabilidad, entre las que se incluye acortar el tiempo de sustitución del profesorado.

Así lo ha anunciado el portavoz del Govern, Marc Pons, durante la rueda de prensa posterior al Consell de Govern, donde ha explicado que estas medidas se debatieron en la Mesa Sectorial de Educación celebrada el pasado lunes 20 de julio.

Hasta ahora, la normativa que se aplicaba establecía que las sustituciones se hacían a partir de los diez días, puesto que se consideraba que los centros podían cubrir las ausencias inferiores con sus recursos ordinarios.

Según el Govern, "la realidad ha demostrado que hay numerosos casos en los cuales las ausencias no pueden ser cubiertas por los recursos ordinarios de los centros sin perjudicar gravemente el derecho a la educación de los alumnos".

En este sentido, la propuesta impulsada por la Conselleria de Educación y Universidad establece que la Dirección general de Personal Docente podrá autorizar la sustitución del profesorado antes de los diez días lectivos desde que se produce la causa que genera la necesidad de sustitución en diversos casos.

En concreto, podrá hacerlo en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria, con las ausencias de los maestros de las escuelas unitarias, de los tutores de las aulas UEECO (Unidad Específica Educativa de Centro Ordinario con currículum propio), de los tutores de educación infantil y de educación primaria, y de los maestros de apoyo.

También podrá autorizarla en los centros públicos de Educación Secundaria y Formación Profesional, con las ausencias de los profesores con mayor carga lectiva en la FP Básica, del profesorado de las especialidades en que sólo haya un profesor en el centro de una determinada asignatura, del que imparte 4º curso de ESO, 2º de Bachillerato o 2º de los ciclos de grado medio y superior de FP, de los tutores del primer ciclo de ESO y del profesorado adscrito al Departamento de Orientación.

Asimismo, se aplica a los centros públicos de educación especial, en cualquier ausencia de su profesorado; a los centros públicos de educación de adultos, en las ausencias del profesorado que imparte cursos cuatrimestrales de ESPA (Educación Secundaria para Personas Adultas); y a aquellos casos que puedan ocasionar graves disfunciones en el funcionamiento de los centros educativos.

En el transcurso de la Mesa Sectorial de Educación, la Conselleria se comprometió a estudiar las aportaciones de los sindicatos para mejorar estos supuestos, en la medida que fuera posible.

Por eso, a lo largo de esta semana, las diferentes organizaciones han hecho sus propuestas y algunas de ellas han permitido completar los casos de sustitución inmediata del profesorado que hoy se han aprobado.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento