Anulan la sanción a un mecánico del TUS acusado de provocar un accidente en un autobús en los talleres

El juez concluye que el hombre "no pisó el acelerador", sino que el vehículo, con "bastantes averías", se puso en marcha de forma "autónoma"

El Juzgado Social 3 de Santander ha revocado una sanción grave, de 15 días de suspensión de empleo y sueldo, a un mecánico de Transportes Urbanos de Santander (TUS), al que la empresa acusó de negligencia y de haber provocado el choque frontal de un autobús contra un muro en los talleres de Cajo, cuando el propio trabajador había demostrado con fotografías y documentación el mal estado del vehículo.

La sentencia, dictada por el magistrado Pablo Rueda a raíz de una demanda del sindicato UGT, desvincula al trabajador sancionado del accidente de un autobús —el número 59— aparcado en los talleres, y que el 12 de febrero de este año "se puso en marcha solo" y chocó frontalmente contra un muro situado apenas a un metro del vehículo.

"Se estima acreditado que el autobús se puso en marcha de forma autónoma", mientras que "no se ha demostrado", señala el fallo, que "el trabajador sancionado pisara el acelerador de modo imprudente y provocara los daños ocasionados", entre ellos la rotura de la luna de autobús y cuya reparación ascendió a 2.978 euros.

Según el fallo judicial, pese a que el trabajador presentó en su defensa fotografías y documentos de que había "bastantes averías de unos cuantos autobuses que podrían explicar la súbita marcha del siniestrado", la empresa decidió sancionarle porque, según sus argumentos, el vehículo disponía de bloqueo de frenos con las puertas abiertas, con lo que sólo se pudo poner en marcha porque "el trabajador accionó indebidamente y de modo negligente el acelerador".

"Existen otras muchas averías de los autobuses que certificarían desajustes mecánicos de no pocos autobuses del TUS", reza el fallo en este sentido.

En concreto, en este sentido se señala que "un mes después de los hechos" el vehículo siniestrado "no se quedaba frenado con las puertas abiertas" y "dos meses y medio después" el mismo autobús "se movió con las puertas abiertas en parada". Además, los número 62, 77 y 100 "tenían problemas de freno" y este último "emprendió solo la marcha el 23 de abril", se añade en la sentencia.

Además, la sentencia, difundida este sábado, indica que la superficie donde estaba aparcado el autobús y donde se produjo el accidente presentaba deficiencias, como un "firme irregular", que podría haber provocado o coadyudado a que el vehículo se pusiera en marcha y se desplazara de modo "autónoma". También considera demostrado que "después" de los hechos "se reparó el firme".

En el fallo también se razona que la empresa "debió alcanzar un acuerdo" con la parte demandante. "Lo que sorprendió de este expediente (la sanción grave al trabajador) es que la empresa no conciliara y rebajara la sanción, ya que la parte demandante acompañaba documental que registraría bastantes averías de unos cuantos autobuses que podrían explicar la súbita marcha del autobús número 59".

"No es la primera vez que el TUS es recriminado por los tribunales de justicia por imponer de manera unilateral sanciones sin escuchar ni atender a las explicaciones de los sancionado", apunta en este sentido UGT en un comunicado.

Por todo lo anterior, el magistrado estima la demanda interpuesta por el mecánico contra el TUS y revoca la sanción impuesta al trabajador -15 días de suspensión de empleo y sueldo-, al que la empresa deberá devolver la cantidad retenida o descontada.

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