El juicio contra dos acusados por la muerte del oso de Porley comienza este lunes

La Fiscalía solicita para cada uno de los acusados 2 años de prisión y 4 de inhabilitación para el ejercicio del derecho a cazar

La vista oral contra los dos acusados por la muerte de un oso pardo que quedó atrapado en un lazo metálico en Cangas del Narcea en 2012 comenzará en el Juzgado de lo Penal número dos de Oviedo este lunes, 29 de junio de 2015, a las 09.00 horas. Inicialmente está previsto que continúe los días 1 y 3 de julio.

La Fiscalía del Principado de Asturias sostiene que los acusados, en fechas no concretadas del mes de agosto de 2012, colocaron un lazo metálico, convenientemente camuflado para pasar inadvertido, en un paraje conocido como la Zapatina, por debajo del linde inferior de un predio denominado Cerezadi, en el monte vecinal La Regaza, a unos 100 metros de la localidad de Porley (Cangas del Narcea).

Lo hicieron pese a ser perfectos conocedores de que el mismo se sitúa dentro del área de distribución potencial del oso pardo, conforme la resolución de 3 de julio de 2003 de la Consejería de Medioambiente, así como lugar frecuentado por diversos animales.

Días después de la colocación del lazo quedó atrapado en él un jabalí, aunque sus restos se volvieron no aptos para el consumo, ya que los acusados tardaron varios días en ir al lugar a comprobar si había caído algún animal. Al hacerlo, y percatarse de ello, los acusados liberaron los restos y volvieron a colocar el lazo en las proximidades, convenientemente camuflado para atrapar a otro animal.

Así, el 25 de agosto de 2012 quedó atrapado un oso pardo que, a consecuencia del estrés de verse atrapado y del forcejeo insistente para tratar de liberarse, falleció durante la operación de rescate.

El oso pardo se encuentra catalogado como animal en peligro de extinción, tanto desde la normativa estatal, conforme el RD 139/2011, de 4 de febrero, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la diversidad (si bien ya lo estaba desde el RD 439/1990, por el que se crea el catálogo nacional de especies amenazadas), cuanto desde el ámbito autonómico asturiano, conforme al Decreto 32/1990, de 8 de marzo, por el que se crea el catálogo regional de especies amenazadas de la fauna vertebrada del Principado de Asturias. El acusado XXX es guarda de un coto regional de caza de Cangas del Narcea.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la fauna del artículo 334 del Código Penal y de un delito contra la fauna del 336, ambos en concurso ideal, y solicita que se condene a cada acusado a 2 años de prisión, inhabilitación especial para ejercicio del derecho de cazar por tiempo de 4 años e inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Con respecto del acusado XXX, se solicita también inhabilitación especial para ejercer la profesión de guarda natural durante el tiempo de la condena.

Además, el Ministerio Fiscal solicita que los acusados, de forma conjunta y solidaria, abonen las costas procesales e indemnicen a la Consejería de Agroganadería del Gobierno del Principado de Asturias en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los gastos ocasionados con motivo de la operación de rescate (desplazamientos, gastos de material y de sepelio del animal), más los intereses legales, y que indemnicen igualmente al Gobierno del Principado de Asturias con 18.000 euros por el oso pardo fallecido, de conformidad con el anexo II del el RD 439/1990, por el que se crea el catálogo nacional de especies amenazadas.

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