Los diez mandamientos del buen casero: cómo alquilar piso y que tu inquilino te quiera

  • Alquilar el inmueble pintado y limpio no es obligatorio, pero facilitará mucho las cosas a la hora de arrendar la vivienda.
  • Es negociable, pero lo normal es que el inquilino pague los suministros y el arrendador de pagar el IBI y la comunidad.
  • Los desperfectos por antigüedad corren a cargo del propietario.
  • Y los mandamientos del inquilino...
Imagen de un piso en alquiler.
Imagen de un piso en alquiler.
JORGE PARÍS
Imagen de un piso en alquiler.

Alquilar un piso es una operación para rentabilizar esa vivienda que no ocupamos. Pero sacar dinero a ese piso no significa necesariamente que haya que explotar al inquilino. Antes al contrario, un buen casero sabe establecer una relación de confianza con la persona que le paga por habitar su casa.

Es decir, se puede ser un buen casero y hacer rentable el piso y que nuestro inquilino tenga una buena opinión de nosotros. En el blog de Fotocasa resumen los diez “mandamientos” que debe cumplir el buen casero.

No incluye cláusulas abusivas en el contrato

Aunque los seguros de alquiler ayudan a minimizarlos, si no se está dispuesto a asumir ningún riesgo y ninguna responsabilidad, lo mejor es no alquilar.

Pide garantías dentro de la legalidad

Para asegurarse el pago, el propietario tiene el deber de exigir el abono de una fianza que corresponde a una mensualidad de la renta. Además, puede solicitar garantías adicionales como un depósito, un fiador o un aval bancario. Contratar un seguro de alquiler o pedir información al Fichero de Inquilinos Morosos evita posibles riesgos, pero interrogar al inquilino o meterse en la vida privada de este no es de recibo.

Entrega el piso en unas condiciones habitables

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no obliga a que la instalación de los suministros la realice el arrendador, pero hay que pensar que es algo que beneficia a su vivienda. Lo mismo sucede con alquilar el inmueble pintado y limpio. No es obligatorio, pero será de agradecer para el inquilino y facilitará mucho las cosas a la hora de arrendar la vivienda. Y, por contrato, el arrendatario tiene la obligación de dejarla tal y como la encontró.

Bajo ningún concepto entra en la vivienda

Los derechos de uso y disfrute del inmueble tras la firma del contrato, pertenecen al inquilino por eso está terminantemente prohibido acceder a la vivienda arrendada, suceda lo que suceda. Incluso si este se encuentra en una situación de impago de la renta del alquiler.

Se hace cargo de los gastos correspondientes

Aunque puede ser negociable en el contrato, lo normal es que el inquilino se haga cargo del gasto de los suministros y el arrendador, por su parte, se encargue de pagar el IBI y los gastos de la comunidad de propietarios.

Devuelve la fianza cuando toca

Lo primero que hay que señalar en este punto es que la fianza siempre debe ser depositada en el organismo correspondiente de la comunidad. Nunca se la puede quedar el casero. Llegado el momento, este debe ordenar la devolución de la misma al inquilino, siempre y cuando no haya desperfectos en la vivienda. De haberlos, el arrendador debe comunicarlo (con pruebas fehacientes) en el juzgado y será el juez el que dictamine si el propietario puede quedarse con la fianza y en qué porcentaje.

Actualiza el precio de la renta lo que corresponde

Para aquellos contratos anteriores a junio de 2013, la ley establece que la actualización de la renta se marca en función del IPC general, a no ser que en el contrato se haya establecido otro sistema. Esto significa que si el IPC sube el alquiler sube, pero si el IPC baja la renta mensual también debe bajar.

Se hace cargo de los desperfectos causados por la antigüedad

Si bien los inquilinos tienen que hacerse cargo de la reparación de los daños causados por un mal uso de los objetos o aparatos que haya en la vivienda, los desperfectos generados por la antigüedad de los mismo corren a cargo del propietario del inmueble.

Está abierto a obras de mejora del inquilino

La LAU 2013 permite que, siempre que el propietario esté de acuerdo, el inquilino haga obras de mejora en la vivienda y que el importe de estas pueda descontarse de la renta del alquiler. El arrendador tiene la obligación de permitir obras de adaptabilidad en el interior de la vivienda si el arrendatario, su cónyuge o las personas o familiares que conviven de forma permanente en la vivienda tienen alguna discapacidad o más de 70 años. Finalizado el contrato, el propietario puede exigir que el inmueble quede como estaba antes.

Cuida al inquilino

Una forma de evitar problemas con el inquilino es ser amable y comprensivo (que no ingenuo) con él. Intentar llevarse bien, acudir cuando tenga una emergencia y ser responsable cuando y como toca, ayuda a tener una buena relación con el arrendatario. Y, al final, “más vale buen inquilino en mano, que ciento volando”.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento