Tribunales.- El Sppme recurre el nuevo reglamento municipal de Coordinadores y Directores Generales

La sección del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme) en el Ayuntamiento de Sevilla ha impugnado por la vía Contencioso Administrativa, la aprobación definitiva del nuevo reglamento de Régimen Jurídico de los Coordinadores Generales y Directores Generales del Consistorio hispalense. El mencionado reglamento fue promovido y aprobado en el anterior mandato, cuando gobernaba el PP por mayoría absoluta.

La sección del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme) en el Ayuntamiento de Sevilla ha impugnado por la vía Contencioso Administrativa, la aprobación definitiva del nuevo reglamento de Régimen Jurídico de los Coordinadores Generales y Directores Generales del Consistorio hispalense. El mencionado reglamento fue promovido y aprobado en el anterior mandato, cuando gobernaba el PP por mayoría absoluta.

El recurso del Sppme, según la documentación consultada por Europa Press, está siendo tramitado por la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El documento de aprobación inicial del nuevo reglamento, recogido por Europa press, esgrime "la legislación básica del régimen local y el Estatuto Básico del Empleado Público" y habrían surgido voces críticas en cuanto a aspectos como su artículo 9.5, que determina el reingreso de los funcionarios de carrera del Ayuntamiento una vez cesen en sus puestos de coordinadores o directores, y su disposición adicional segunda, según la cual "las garantías de reingreso al servicio activo resultarán igualmente de aplicación a los funcionarios que pasen a la situación de servicios especiales por haber desempeñado cargos electivos retribuidos y de dedicación exclusiva en este Ayuntamiento, o hayan desempeñado responsabilidades de órganos superiores y directivos municipales".

Una "nota informativa" que circulaba entre los trabajadores, en ese sentido, analizaba en profundidad el contenido del nuevo reglamento y exponía que el mismo implica, para los funcionarios que ostenten cargos de coordinador y director que después dejen de serlo, una "consolidación de niveles retributivos por encima de lo establecido en las normas de aplicación".

Igualmente, avisaba de que la "reserva del puesto en los supuestos de haber obtenido el puesto de origen mediante libre designación o concurso", uno de los aspectos tratados en el reglamento, "implicaría que el equipo de gobierno que gane las elecciones no podrá sacar concurso los puestos que se cubren mediante libre designación, como las jefatura de servicios, por ejemplo, de funcionarios que hayan estado nombrados altos cargos en el periodo de gobierno anterior, ya que tienen preferencia para volver a su puesto".

"Con carácter general, los funcionarios altos cargos no tienen derecho a reincorporarse al puesto de origen, lo que tienen es derecho a las retribuciones correspondientes a la categoría, nivel o escalón de la carrera consolidadas", exponía la nota informativa.

La nota señalaba igualmente el "reconocimiento de nivel y retribuciones a altos cargos municipales nombrados en comisión de servicios en los puestos de origen", aspecto que "vuelve a situar a los funcionarios altos cargos municipales por encima del resto de los funcionarios locales, ya que el decreto que regula la forma de consolidación del nivel y retribuciones no permite tal consolidación cuando los puestos se ocupan en comisión de servicios".

"El Ayuntamiento de Sevilla pretende aprobar un reglamento beneficiando a los altos cargos municipales por encima del resto de los funcionarios", exponía entre diferentes aspectos la nota informativa.

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