Condenado a indemnizar con 194.000 euros a la familia de un espectador muerto tras un partido

  • Tras un partido de fútbol sala hubo una gran pelea.
  • La víctima cayó al suelo tras la agresión y se golpeó.
  • El condenado ha sido absuelto del delito de lesiones y homicidio por imprudencia.

El juez ha condenado al agresor de un espectador muerto tras un partido de fútbol en Lucena a pagar 194.000 euros de indemnización a la familia de la víctima y le ha absuelto del delito de lesiones y homicidio por imprudencia del que había sido acusado por el fiscal que le pedía tres años de cárcel.

En la sentencia se considera probado que los hechos sucedieron el 12 de agosto de 2003 en unas instalaciones deportivas públicas de Lucena donde se celebró un partido de fútbol sala de una liga de verano organizada por el Patronato Municipal, que no contrató ningún vigilante de seguridad.

Agresión en los vestuarios

Al final del partido, al que habían acudido menos de un centenar de espectadores, el acusado, M.C.S., delegado de uno de los equipos, se encaminó hacia los vestuarios utilizados por el equipo contrario y se dirigió a unos de los jugadores que había tenido un incidente con su hijo.

Según considera probado el juez, le propinó "un fuerte empujón" a la altura del rostro con sus dos manos extendidas que le hizo caer de espaldas y tropezar con una jardinera, por lo que se golpeó con unos hierros de un cartel.

Por estos hechos, el juez ha condenado al agresor por una falta de lesiones a dos meses de multa.

A consecuencia de este incidente, varias personas que se encontraban en las instalaciones reaccionaron contra el acusado "con intención agresiva" lo que motivó que "a su vez interviniesen otros en su favor originándose una gran pelea en la que participaron bastantes personas".

Declaraciones contradictorias

En este sentido, el juez considera en su sentencia que los dos grupos de testigos mantienen declaraciones totalmente contradictorias sobre la agresión que condujo al fallecimiento, hasta el punto que "se puede afirmar que uno de esos dos grupos, si no los dos, faltan a la verdad".

En el transcurso de esa pelea, el acusado "en un momento dado golpeó con el brazo" a la víctima, padre del jugador al que había agredido con anterioridad, "el cual perdió el equilibrio, cayendo de espaldas al suelo y dándose un golpe a la altura del cuello".

En este sentido, el juez no considera probado que sufriera una puñetazo en el cuello y luego una brutal patada a la altura del pecho tal como sostenían algunos de los testigos.

A consecuencia de la caída y el golpe en el cuello, la víctima sufrió una fractura por aplastamiento de la sexta vértebra cervical, que le provocó una lesión medular con un deterioro progresivo que le llevó a la muerte por una insuficiencia respiratoria el 29 de agosto de 2003.

En la sentencia también se indica que la víctima, de 67 años, sufría una espondilitis con anquilosis vertebral con grave patología degenerativa "que conllevó la mayor gravedad del resultado a consecuencia del golpe en el cuello, en concreto a esta fractura por aplastamiento cervical que, en otra persona sin esa patología, lo normal es que no se hubiera producido".

Por esta agresión, el juez le impone una falta de maltrato de obra en relación de concurso ideal con otra falta de imprudencia leve con resultado de muerte, por lo que ha sido condenado a otros dos meses de multa.

En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado tendrá que pagar 100.000 euros de indemnización a la mujer de la víctima, 22.008 al hijo que fue agredido, y 18.000 a cada uno de sus cuatro hermanos.

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