Tribunales.- A juicio en enero de 2016 un empresario por la muerte de una trabajadora que recogía naranjas

Un Juzgado de Sevilla ha fijado para enero de 2016 el juicio contra un empresario acusado por los hechos acaecidos el día 10 de febrero de 2011, cuando una trabajadora falleció y otro operario resultó herido mientras se encontraban realizando la recogida de las naranjas de los árboles de la capital hispalense.

Un Juzgado de Sevilla ha fijado para enero de 2016 el juicio contra un empresario acusado por los hechos acaecidos el día 10 de febrero de 2011, cuando una trabajadora falleció y otro operario resultó herido mientras se encontraban realizando la recogida de las naranjas de los árboles de la capital hispalense.

Fuentes del caso han informado a Europa Press de que el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ha fijado para los días 18, 19 y 22 de enero de 2016 el juicio contra Pedro R.L., para quien la Fiscalía pide tres años y seis meses de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con otros de lesiones y de homicidio por imprudencia.

De su lado, la acusación popular que ejerce el sindicato CCOO pide para el imputado ocho años y medio de cárcel, han indicado las mismas fuentes consultadas por Europa Press, que han recordado que el Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla declaró responsable civil subsidiario al Ayuntamiento de Sevilla, a quien requirió para que depositara una fianza de 370.000 euros a fin de poder hacer frente a las indemnizaciones que pudieran darse.

En su escrito de acusación, el sindicato CCOO pide para el empresario dos años de prisión y tres de inhabilitación especial para el ejercicio del oficio por un delito de homicidio por imprudencia grave, así como seis meses de cárcel y otros dos años de inhabilitación por un delito de lesiones.

De igual modo, solicita para el acusado tres años de prisión y una multa de 18.000 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores del artículo 311.1 y la misma pena y multa por otro delito contra los derechos de los trabajadores del artículo 316 por infracción de las medidas de prevención de riesgos laborales.

Asimismo, la acusación popular pidió que se declarase responsables civiles al acusado, una empresa mercantil asociada a éste y al Ayuntamiento, ya que, en este último caso, entiende que los dos accidentes acontecieron durante el desarrollo de una actividad autorizada por el Consistorio y sin que realizara controles de las condiciones en las que se realizaban dichos trabajos. Así, pedía que entre todos abonaran 283.464,24 euros.

Los dos accidentes laborales ocurrieron el día 10 de febrero de 2011 en el barrio de Triana, cuando ambos trabajadores se encontraban recogiendo naranjas "por cuenta y bajo la dependencia" del acusado, quien había resultado adjudicatario de una licencia para recoger dichas naranjas de la vía pública en el distrito Triana-Los Remedios.

Esta licencia autorizaba al imputado a la recogida y aprovechamiento del fruto de los naranjos amargos de la vía pública de la capital hispalense, tras lo que contrató a los trabajadores siniestrados, a los que ni siquiera llegó a dar de alta en la Seguridad Social y a los que no dotó de ningún elemento de seguridad o protección y a los que tampoco formó para poder llevar a cabo el trabajo.

El empresario se encuentra en libertad provisional tras abonar una fianza de 6.000 euros. La mujer, de 47 años de edad y que resultó herida junto a otro ciudadano colombiano, falleció transcurridas varias semanas de los hechos en el centro hospitalario donde se encontraba ingresada, concretamente el Hospital Virgen del Rocío.

La fallecida "estaba a prueba"

Las mismas fuentes consultadas han recordado que, en su comparecencia ante el juez instructor, el empresario imputado dijo que la trabajadora ahora fallecida trabajaba sin contrato y sin estar dada de alta en la Seguridad Social "porque estaba a prueba".

Asimismo, durante su declaración ante el juez instructor, el imputado reconoció como suya la firma que aparece estampada en el documento de concesión de la licencia para la recogida de naranjas, en el cual se comprometía a recoger este producto "sin coste" para el Ayuntamiento y a dejar limpias posteriormente las zonas de recogida.

En fase de instrucción, el juez tomó declaración en calidad de testigos a dos inspectoras del Área de Parques y Jardines, quienes pusieron de manifiesto que su labor se ceñía a "controlar el resultado" de la recogida y a comprobar que los árboles "no tenían ya naranjas" y que la zona se encontraba limpia. Por tanto, dijeron que carecían de competencias en cuanto al control de las medidas de seguridad.

El juez llegó a imputar a dos jefes de Servicio y a un técnico de la Delegación de Parques y Jardines del Ayuntamiento hispalense, aunque finalmente fueron exculpados durante la fase de instrucción. Así, fueron imputados el jefe de Servicio Técnico de la Delegación de Parques y Jardines; la jefa de Servicio Administrativo, y un técnico de la Delegación.

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