(AV.) El Supremo avala el nombramiento en Santiago de concejales del PP no electos

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del PSOE contra los acuerdos de la Junta Electoral Central que aceptaron la designación en Santiago de Compostela de concejales del PP no electos, después de que este partido agotase los miembros de la lista con la que había concurrido a las elecciones municipales de 2011, tras la inhabilitación de siete de ellos y diversas dimisiones.
Los siete ediles de Santiago procesados.
Los siete ediles de Santiago procesados.
EUROPA PRESS
Los siete ediles de Santiago procesados.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del PSOE contra los acuerdos de la Junta Electoral Central que aceptaron la designación en Santiago de Compostela de concejales del PP no electos, después de que este partido agotase los miembros de la lista con la que había concurrido a las elecciones municipales de 2011, tras la inhabilitación de siete de ellos y diversas dimisiones.

El PSOE había presentado un recurso contencioso-administrativo, mientras que también se había personado como parte recurrida el BNG. Los socialistas pretendían que el Supremo anulase las designaciones de los concejales no electos del PP y que se ordenase la constitución de una comisión gestora en el Ayuntamiento de Santiago o que se plantease una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo de la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg) que ampara la entrada de concejales que no figuraban en la lista si no quedan posibles candidatos o suplentes para nombrar.

No obstante, la sala de los contencioso-administrativo del Supremo avala que la Junta Electoral Central aplicó correctamente en el caso de Santiago de Compostela el artículo de la Loreg sobre la designación de nuevos concejales para cubrir las vacantes producidas por la renuncia de los inicialmente elegidos. Además, señala que "no hay razones para durar de la constitucionalidad de ese precepto legal".

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