Tribunales.-AMP.-Condenada a cuatro años y medio de prisión la alcaldesa de Rota (PP) por el 'caso Horas Extra'

La sentencia también impone la misma pena de cárcel al exedil del PP Ismael Puyana y absuelve al exalcalde Lorenzo Sánchez

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a una pena de cuatro años y seis meses de prisión, a otra de cuatro años de inhabilitación especial para cargo público y al pago de una multa diaria de seis euros durante 15 meses a la actual alcaldesa en funciones de Rota (Cádiz), Eva Corrales (PP), por un supuesto delito de falsedad en documento oficial en el marco del conocido como 'caso Horas Extra', por el que también se le ha condenado a una pena de ocho años y seis meses de inhabilitación especial para cargo público por un supuesto delito continuado de prevaricación.

En cambio, la sentencia, adelantada este sábado por 'Diario de Cádiz' y consultada por Europa Press, absuelve al exalcalde y actual primer teniente de alcaldesa de Roteños Unidos (RRUU), Lorenzo Sánchez, del supuesto delito de falsedad continuada del que venía acusado.

Junto a Sánchez, también ha resultado absuelto otro de los nueve acusados que se sentaron en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Cádiz el pasado mes de marzo durante la celebración del juicio, del que ahora se conoce la sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo (TS).

Cabe recordar que el 'caso Horas Extra' trata sobre la presunta adjudicación irregular de contratos de suministro a un funcionario del Ayuntamiento de Rota y a su esposa entre 2004 y 2010 para la elaboración de trabajos de bordado para las bandas de Sirenas, Ninfas de Carnaval y Damas de las Fiestas Patronales, así como otros elementos ornamentales como peones, dalmáticas y los trajes de los maceros.

La sentencia, de 52 páginas, considera probado que "ante la necesidad de adquirir por la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Rota una serie de Bandas para Sirenas, Ninfas de Carnaval y Damas de las Fiestas Populares, la entonces delegada de Fiestas" —Eva Corrales—, y "el responsable técnico de la Delegación de Fiestas", J.M.C.M., "encargaron su realización a M.G.R. a pesar de ser conscientes de las prohibiciones de contratar que le afectaba ser funcionario de dicho Ayuntamiento".

"Con el fin de ocultar la adjudicación" —añade la sentencia— a M.G.R. "al ser funcionario del Ayuntamiento", Corrales y J.M.C.M. acordaron que "las facturas se emitirían a nombre de la mujer de M.G.R., J.M.R.". Los trabajos "fueron realizados por el funcionario M.G. fuera de las horas de su jornada laboral en un taller de costura que tenía en su domicilio".

Como "consecuencia de dichos encargos", J.M.R. emitió entre 2004 y 2006 hasta seis facturas por un montante total de 7.867 euros en cantidades que oscilaron entre 954 y 1.782 euros, según considera probado la sentencia, que agrega que la actual alcaldesa, en tanto que delegada de Fiestas, era quien "previamente proponía a la Junta de Gobierno Local la aprobación del gasto correspondiente a dichas contrataciones junto a otras partidas de la Delegación de Fiestas", y el entonces regidor roteño, Lorenzo Sánchez, "intervino" en dichas Juntas de Gobierno, "sin que esté acreditado que tuviera conocimiento de que se refería a los encargos de bandas realizados" al referido funcionario.

"El abono de las facturas se realizaba finalmente mediante cheques a nombre de J.M.R. que eran firmados por el alcalde, Lorenzo Sánchez, sin que esté acreditado que tuviera conocimiento de que J.M.R. era la mujer de M.G.R. y que a través de los mismos se abonaban los encargos realizados" a su marido.

A partir de 2007, siempre según la sentencia, Corrales decidió junto a un funcionario de la Delegación de Personal también procesado, que en lugar de convocar el correspondiente concurso al que el otro funcionario y su esposa no podrían concurrir, "los futuros suministros que hiciesen falta en las delegaciones de Fiestas y Relaciones Institucionales" se les siguieran encargando a ellos.

Fraccionamiento de pagos

Esto "se encubriría" mediante su encargo "bajo la fórmula de supuestas gratificaciones por servicios extraordinarios", y todo ello con el visto bueno del interventor municipal, que no formuló "ningún informe de reparo", precisa la sentencia, que explica que para evitar que saliesen horas de gratificaciones extraordinarias "alarmantes" a pagar en un solo mes se decidió el fraccionamiento de los pagos.

Recalca la sentencia que los partes de gratificaciones fueron creados para "dar apariencia de legalidad" a esta contratación. De esta manera, durante el periodo comprendido entre enero de 2007 y agosto de 2010, le habrían sido adjudicado suministros por un valor de 42.363,306 euros, que se habrían abonado en la nómina del funcionario como gratificaciones extraordinarias, alcanzando las 4.398 horas.

La sentencia señala también al exedil del PP Ismael Puyana, que sucedió a Corrales como concejal de Fiestas entre junio de 2007 y octubre de 2008, y que fue delegado de Personal entre junio y noviembre de 2007, del que se remarca que tenía "conocimiento de que con el abono de las gratificaciones extraordinarias se pretendía cubrir una contratación ilegal", pese a lo cual participó en el encargo de la realización de unas bandas en septiembre de 2007 y enero de 2008 por las que M.G.R. percibió unos 3.000 euros.

CONDENAS

Así las cosas, la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz ha condenado a una pena de cuatro años y seis meses de prisión, a otra de cuatro años de inhabilitación especial para cargo público y al pago de una multa diaria de seis euros durante 15 meses a Eva Corrales por un supuesto delito de falsedad en documento oficial, y a una pena de ocho años y seis meses de inhabilitación especial para cargo público por un supuesto delito continuado de prevaricación.

Además, la sentencia condena a M.G.R. y a J.M.R. a cinco años y tres meses de inhabilitación especial para empleo público por un delito continuado de prevaricación, y a M.G.R. también a dos años de prisión y nueve meses de multa con una cuota diaria de seis euros por un delito de falsedad en documento oficial.

La sentencia también condena a Ismael Puyana a cinco años y tres meses de inhabilitación especial para cargo público por un delito continuado de prevaricación, y también a cuatro años y seis meses de prisión, cuatro años de inhabilitación especial para cargo público y 15 meses de multa con una cuota diaria de seis euros por un delito de falsedad en documento oficial.

De los nueve imputados que se sentaron en marzo en el banquillo de los acusados, solo han resultado absueltos dos; el ya citado exalcalde Lorenzo Sánchez y M.F.R., al que se le atribuía un supuesto delito de falsedad continuada.

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