TSJC confirma la adjudicación del servicio de teleasistencia domiciliaria de Castro

Una sentencia rechaza el recurso de apelación de Cruz Roja, que también concurrió al concurso público convocado por el Ayuntamiento

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado la adjudicación del servicio de teleasistencia domiciliaria de Castro Urdiales a la empresa

Igon ceee sl, al considerar que no hay "errores o desviaciones" en las valoraciones y puntuaciones aplicadas en los baremos establecidos en el concurso convocado al efecto por el Ayuntamiento.

De esta forma, el TSJC ratifica un fallo previo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander, y desestima el recurso presentado por Cruz Roja Española, que también concurrió al concurso.

En la nueva sentencia, fechada el pasado 6 de mayo, la Sala de lo Contencioso del TSJC rechaza los motivos esgrimidos por la apelante, de modo que no ve "arbitrariedad" o "error" en la prestación de protocolos y procedimientos de trabajo, o en indicadores de actividad o registros, que constituyen una estructura organizativa del servicio a valorar con "independencia" de las certificaciones de calidad que aporta Cruz Roja.

En cuanto al personal psicosocial que oferta la adjudicataria IGON, la sentencia considera "irrelevante" que sea el mismo destinado al resto de las actividades.

Y de la valoración de los medios materiales, con una diferencia de cinco puntos que "no supieron explicar las valoradoras", el TSJC admite que puede constituir "un exceso" de valoración, aunque dada la diferencia aproximada de "ocho puntos" entre ambas ofertantes, IGON y Cruz Roja, "en nada cambiaría el resultado final la igualdad de puntuación en este apartado" si la apelante no consigue demostrar que "merecía una mayor puntuación superior en dos puntos" a la adjudicataria del servicio.

Con todo ello, el TSJC concluye que no aprecia "errores o desviaciones" en la valoraciones y puntuaciones aplicadas de los baremos establecidos del concurso que "desnaturalicen la operatividad de la discrecionalidad técnica administrativa cuestionada y obliguen a su corrección o sustitución por el órgano jurisdiccional".

Y añade al respecto que "una cosa es que los resultados de los informes sean manifiestamente erróneos o irregulares -que no lo es en este caso- y otra que tengan que coincidir con los intereses de una de las participantes en el concurso".

Por todo ello, el Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso de Cruz Roja y ratifica la adjudicación del servicio de teleasistencia domiciliaria de Castro Urdiales a

Igon ceee sl, e impone las costas del proceso a la parte apelante.

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